T-299 de 2013
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Aida Maria Garcia Guanga·Demandado Fonvivienda Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Obligaciones correlativas de las autoridades públicas para la asignación del subsidio familiar de vivienda
- Garantía a través de subsidio familiar de vivienda de interés social a personas que acrediten requisitos
- Orden a Fonvivienda desembolsar subsidio familiar de vivienda sin barreras administrativas a madre cabeza de familia con hijos menores
- Evolución de su normatividad
- Finalidad
- Procedencia de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este asunto la conducta que causa la vulneración de derechos fundamentales tiene que ver con la negativa de las entidades accionadas de desembolsar el subsidio de vivienda para desplazados, del cual es beneficiaria la accionante, oponiendo razones administrativas y el argumento de no haber hecho uso de la ayuda antes de la pérdida de su vigencia.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
El derecho de las personas desplazadas por la violencia a una vivienda digna y la protección constitucional reforzada que tiene este grupo poblacional. 2º.
El derecho a la vivienda digna y las obligaciones correlativas de las autoridades públicas para la asignación del subsidio familiar de vivienda a la población desplazada. 3º.
La legislación sobre subsidios de vivienda y la jurisprudencia constitucional.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena el pago del subsidio reclamado por la actora.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Quince Civil del Circuito de Bogota, el 22 de octubre de 2012, que nego el amparo invocado, y en consecuencia, CONCEDER el amparo del derecho fundamental a la vivienda digna solicitado por la senora Aida Maria Garcia Guanga.
- Segundo. ORDENAR al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), que si aun no lo ha realizado, dentro del termino maximo de diez (10) dias contados a partir de la notificacion de esta sentencia haga el desembolso y pago a la senora Aida Maria Garcia Guanga del subsidio familiar de vivienda, que le fue asignado mediante la Resolucion No.1474 del 31 de diciembre de 2010, por el valor de quince millones cuatrocientos cincuenta mil pesos ($15.450.000), para lo cual debera adelantar los tramites administrativos a que haya lugar, pero en todo caso sin imponerle requisitos adicionales.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.