T-250 de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Fabio Hernandez Marinq·Demandado Juzgado Primero Penal Del Circuito Especializado De Descongestion De Bogota Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por incumplir requisito de inmediatez al presentar la acción en un tiempo prolongado sin justificación alguna en proceso de expropiación
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Debe ponderarse bajo el criterio del plazo razonable y oportuno
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
Se le endilga vulneración de derechos fundamentales a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, al desconocer las normas aplicables al resolver un recurso de casación que decidió sobre la extinción de dominio del inmueble denominado Los Saucos, haciendo caso omiso de la anotación en la que se evidenciaba que sobre el mismo recaía una demanda sobre cuerpo cierto, embargo y secuestro por parte del accionante, por incumplimiento del contrato de compraventa.
Se aduce la ocurrencia de defectos sustantivo y orgánico procedimental, porque se interpretó de manera errónea las normas procesales al aceptar la procedencia del recurso extraordinario de casación sobre bienes que fueron objeto de extinción de dominio.
Luego de reiterar jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y de verificar el cumplimiento de cada uno de los requisitos genéricos, se establece que la acción de tutela no cumple con el requisito de inmediatez.
Se confirman las decisiones de instancia que NEGARON el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la providencia del 10 de octubre de 2013 proferida por la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal, que a su vez, ratificó la sentencia de primera instancia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, del 30 de julio de 2013, que negaron el amparo deprecado.
- SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.