T-165 de 2012
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Jose Fernando Iglesias Marin·Demandado Instituto De Seguros Sociales Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Regulación
- Prestaciones económicas derivadas de la calificación de la pérdida de capacidad laboral
- Orden a Junta Regional de Calificación de Invalidez valore, califique y emita nuevo dictamen teniendo en cuenta que el accionante perdió una de sus extremidades superiores que le impide trabajar
- En la determinación del porcentaje de pérdida de capacidad laboral deberá tener en cuenta la capacidad laboral real del afectado para desempeñarse en trabajo habitual
- Inaplicación cuando violación de derechos persiste en el tiempo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, vida, dignidad humana.
Se promueve la acción de tutela contra el Instituto de Seguros Sociales y la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Tolima, con el propósito de que se protejan los derechos fundamentales que el accionante considera vulnerados en el proceso de calificación de su situación de incapacidad, iniciado para obtener el reconocimiento de una pensión de invalidez.
La solicitud de amparo se orienta a obtener que se deje sin efecto un dictamen médico, se ordene realizar una nueva valoración y se conceda la prestación de invalidez.
La Sala reitera jurisprudencia constitucional relacionada con los siguientes temas: 1º.
Las personas con discapacidad como sujetos de especial protección constitucional y 2º: La calificación de la pérdida de la capacidad laboral de origen profesional y sus prestaciones económicas.
Se TUTELAN los derechos invocados y en consecuencia, se ordena valorar, calificar y emitir un nuevo dictamen respecto de la situación de incapacidad del demandante.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague Sala Civil - Familia, el 21 de julio de 2011, la cual confirmo la sentencia del Juzgado 1deg Civil del Circuito de Ibague, proferida el del 20 de junio de 2011, en la que se nego el amparo solicitado.
- SEGUNDO. TUTELAR los derechos a la seguridad social, a la vida y a la dignidad humana del senor Jose Fernando Iglesias Marin, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta sentencia.
- TERCERO. En consecuencia, ORDENAR a la Junta Regional de Calificacion de Invalidez del Tolima que en el termino de diez (10) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta providencia, valore, califique y emita un nuevo dictamen respecto de la situacion de incapacidad del senor Jose Fernando Iglesias Marin de conformidad con los criterios senalados en las consideraciones de la presente sentencia.
- CUARTO. LIBRAR por Secretaria General la comunicacion a que alude el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.