Micelio
Sentencia de Tutela7 de abril de 2016

T-163 de 2016

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Asociacion De Desplazados Y Campesinos Del Tamarindo·Demandado Alcaldia Distrital De Barranquilla Y Otros

Tema · dato duro
Derechos De Las Personas En Materia De Desalojos Forzosos. Reitereracion De Jurisprudencia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Desalojo Forzoso
  • Debe adelantarse con el pleno respeto de los derechos fundamentales y debido proceso de las personas desalojadas
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Se finalizaron los procesos policivos en atención al acuerdo celebrado entre los ocupantes y los dueños del inmueble
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atacan las actuaciones policivas adelantadas por las autoridades demandadas, tendientes a garantizar el derecho de dominio y a lograr la recuperación de un predio ocupado por los accionantes.

La Corte se pronuncia sobre los límites constitucionales que deben atender las autoridades públicas en relación con las órdenes de desalojo y revisa la procedencia de la acción de tutela en el caso concreto.

En sede de revisión la Sala conoció que los actores, luego de llegar a un acuerdo con los propietarios del predio, lo desalojaron voluntariamente finalizando con ello los procesos policivos adelantados en su contra y, consecuentemente, haciendo desaparecer el objeto de la ayuda invocada.

Con base en lo anterior, se declaró la improcedencia del amparo por configurarse el fenómeno de la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. LEVANTAR la medida provisional adoptada a traves del Auto 589 del 18 de diciembre de 2015.
  2. SEGUNDO. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala Oral "A" del Tribunal Administrativo del Atlantico, el 7 de mayo de 2015, y por la Seccion Cuarta del Consejo de Estado, el 13 de agosto de la misma anualidad, que denegaron la proteccion deprecada dentro del proceso de tutela de la referencia; y en su lugar DECLARAR la improcedencia del amparo ante la existencia de carencia actual de objeto.
  3. SEGUNDO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.