T-162 de 2006
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Reinaldo Amortegui Vaca En Calidad De Agente Oficioso Vs. Iss Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Violación por suspensión de pago de mesadas pensionales
- Violación por suspensión de pago
- Procedencia excepcional para ordenar pago de mesadas pensionales
- Caso en que mesadas no fueron reclamadas en el transcurso de tres meses y fueron reintegradas por el Banco al ISS
- Vulneración por suspensión de pago de mesadas pensionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al minimo vital la vida en condiciones dignas y justas y al pago oportuno de las mesadas pensionales de persona de la tercera edad pensionada a quien la entidad le adeuda mesadas pensionales desde febrero de 2005.
Solicita se ordene el pago de las mesadas pensionales adeudadas.
Legitimacion por activa.
Procedencia excepcional de la accion de tutela para ordenar el pago de mesadas pensionales.
La suspension enel pago de la mesada pensional no obedece a razones de orden presupuestal o administrativa que impiden a la entidad responsable cumplir con sus obligaciones en materia de seguridad social en pensiones sino a que por quebrantos de salud dicha prestacion no fue reclamada razon por la cual esta situacion merece una especial proteccion constitucional en virtud de la debilidad manifiesta en que se encuentra por razon de su edad su estado de salud y su situacion economica lo cual hace ver mas urgente y necesario el pago puntual y completo de todas las mesadas pensionales a que tiene derecho.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior de Bogota, Sala Penal de fecha septiembre 8 de 2005 dentro de la accion de tutela promovida por el senor Reinaldo Amortegui Vaca en calidad de agente oficioso de la senora Graciela Bulla para en su lugar tutelar los derechos fundamentales al minimo vital, a la vida en condiciones dignas y justas y al pago oportuno de las mesadas pensionales de la senora Bulla.
- SEGUNDO. ORDENAR al Seguro Social que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la notificacion de este fallo, consigne la totalidad de las mesadas pensionales dejadas de pagar a la senora Graciela Bulla, previa demostracion de la supervivencia por parte de la pensionada y el poder especifico para tal fin, en el evento de tener que cobrar por interpuesta persona.
- TERCERO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.