T-143 de 2012
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Isabel Guerra De Narvaez·Demandado Texas Petroleum Company Hoy Crevron Petroleum Company
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia cuando no se cumplió con el requisito de inmediatez
- Reiteración de jurisprudencia
- Inaplicación de precedente en las sentencias T-784 de 2010 y T-712 de 2011 por cuanto la accionante mediante conciliación recibió una suma de dinero como concepto de pago único de pensión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, mínimo vital.
La accionante aduce que la empresa CREVRON vulneró sus derechos fundamentales y sustentó su aseveración en el hecho que, durante el tiempo que estuvo vigente el vínculo laboral con dicha empresa, ésta no cotizó al Sistema para que pudiera ser titular de una pensión de vejez, así como tampoco realizó las reservas para constituir un bono pensional a su favor y tampoco accedió a pagarle la mesada pensional.
De otra parte adujo que, su derecho a la pensión es irrenunciable y que a su caso le era aplicable la jurisprudencia sentada por la Corporación en las sentencias T-784/10 y T-712/11.
La empresa accionada argumentó no estar obligada a pagar en materia pensional porque la normativa vigente para la época en que existió la relación laboral, la excluía de tal obligación.
Así mismo indicó, que la actora celebró una conciliación y en ella acordó un pacto único de pensión por considerarlo más beneficioso que la prestación prevista en el artículo 260 del Código Sustantivo del Trabajo.
La Sala se pronunció sobre la siguiente temática: 1º.
El derecho a la seguridad social. 2º.
La procedencia de la acción de tutela para reclamar acreencias laborales. 3º.
Eficacia e idoneidad de los otros medios de defensa judicial para reclamar prestaciones relacionadas con el derecho a la seguridad social y 4º.
El precedente de las sentencias esbozadas por la actora.
Se confirman las decisiones de instancia que declararon la IMPROCEDENCIA de la acción impetrada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. LEVANTAR la suspension del termino decretada para decidir el presente asunto
- Segundo. Confirmar la sentencia proferida por el Juzgado Veintinueve Civil del Circuito de Bogota, el nueve (09) de junio de dos mil once (2011), dentro de la accion de tutela impetrada por Isabel Guerra de Narvaez contra TEXAS PETROLEUM COMPANY hoy CHEVRON PETROLEUM COMPANY.
- Tercero. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.