T-104 de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Jairo Herrera·Demandado Asociacion De Usuarios Del Servicio De Agua Potable De La Vereda El Rincon
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Improcedencia por cuanto accionantes no residen en el inmueble y no requieren de la conexión del servicio de acueducto para acceder al agua potable
- Fundamental autónomo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor considera que la Asociación de Usuarios de Agua Potable de la Vereda El Rincón (ACOR) vulneró sus derechos fundamentales, al negarse a instalar un punto de acueducto para abastecer su finca con el servicio de agua potable, a pesar de que al lado de su casa pasan dos tuberías de propiedad de la accionada.
La entidad adujo que no tiene los recursos económicos para adecuar su infraestructura de redes de tuberías y ampliar su capacidad para prestarle el servicio al peticionario.
En el trámite de revisión la Sala pudo determinar que el accionante no habita en la actualidad la vivienda para la cual solicita la conexión al servicio de acueducto, en tanto ella es una casa de recreación o descanso a la que va dos veces a la semana a cuidar de sus perros y de sus plantas.
Se analizan los requisitos de procedencia de la tutela para la protección del derecho fundamental al agua potable, en particular, en lo que respecta al cumplimiento del presupuesto de subsidiariedad cuando la solicitud recae simultáneamente sobre derechos cuya protección puede garantizarse a través de la acción popular.
Se confirman las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE el amparo invocado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo adoptado el 27 de marzo de 2020 por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Pereira, que confirmo la decision proferida por el Juzgado
- Primero. de Pequenas Causas y Competencia Multiple de Pereira el 10 de febrero de 2020, por medio de la cual se declaro IMPROCEDENTE el amparo de los derechos fundamentales del accionante.
- SEGUNDO. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.