Micelio
Sentencia de Tutela7 de diciembre de 2010

T-1012 de 2010

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Oscar Raul Ivan Florez Chavez·Demandado Procuraduria General De La Nacion Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Suspension Provisional En Materia Disciplinaria E Incapacidad Medica
  • No es justificación para que se declare improcedente la medida
Juez Constitucional Y Reconocimiento De Causales De Recusacion Contra Procurador Delegado
  • Se trata de un asunto de naturaleza legal que puede ser susceptible de controversia ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Suspension Provisional En Materia Disciplinaria
  • Alcance constitucional y legal
  • Caso en que se considera que la segunda suspensión impuesta por la Procuraduría General de la Nación no vulneró derechos fundamentales del demandante en tutela
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, a elegir y ser elegido.

El accionante solicita se deje sin efectos la decisión dictada el 16 de marzo de 2010, por la Sala Disciplinaria ad-hoc de la Procuraduría General de la Nación, en la cual se confirmó la medida de suspensión provisional de su cargo como gobernador del Departamento de Casanare adoptada en su contra por segunda vez el 18 de diciembre de 2009, por el Procurador Delegado para la Descentralización y las Entidades Territoriales, ya que considera que sus derechos fueron vulnerados debido a que la Sala accionada no acogió los argumentos expuestos por los jueces de tutela.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia general de la acción de tutela contra actos administrativos, el alcance constitucional y legal de la suspensión provisional en materia disciplinaria, se concluye que la segunda medida de suspensión provisional tomada en contra del actor no vulneró sus derechos fundamentales, ya que es una alternativa legítima con la que cuenta el funcionario disciplinario que, adicionalmente cumplió con los presupuestos formales y sustanciales dispuestos en la normatividad disciplinaria, por lo tanto se decide revocar las sentencias de instancia que accedieron a la protección de los derechos invocados por el accionante.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia emanada del Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Yopal el 24 de mayo de 2010, que confirmo la del Juzgado
  3. Segundo. Penal Municipal para Adolescentes con Funcion de Control de Garantias de Yopal dictada el 19 de abril de la misma anualidad, que accedio a la proteccion constitucional del derecho al debido proceso en conexidad con el derecho a elegir y ser elegido y a acceder al desempeno de funciones y cargos publicos.
  4. Segundo. DENEGAR la tutela de los derechos fundamentales invocados por el senor Oscar Raul Ivan Florez Chavez contra la Procuraduria General de la Nacion, la Procuraduria Delegada para la Descentralizacion y las Entidades Territoriales y la Sala Disciplinaria ad-hoc de la Procuraduria General de la Nacion, con vinculacion oficiosa de la gobernadora (E.) del departamento del Casanare.
  5. Tercero. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli establecidos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.