T-892 de 2014
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Mary Genith Viteri Aguirre·Demandado Division De Gestion De Investigaciones Direccion Seccional De Impuestos Y Aduanas De Pasto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo
- Reiteración de jurisprudencia
- Contenido y alcance
- Alcance
- Configuración por falta absoluta de competencia
- Procedencia excepcional
- Orden a la Dirección de Impuestos y Aduanas dar por concluidas las investigaciones iniciadas en contra de la accionante
- Elementos
- Concepto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La accionante solicita el amparo de los derechos fundamentales que considera vulnerados por la División de Gestión de Investigaciones de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pasto, al no considerar como salario la bonificación por compensación que recibe en su condición de Magistrada de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, para efectos de la exención prevista en el artículo 206 del Estatuto Tributario.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Condiciones de procedibilidad de la acción de tutela y, 2º.
El principio de legalidad en materia tributaria y la existencia de una vía de hecho prospectiva.
Se CONCEDE el amparo al derecho al debido proceso y se ordena a la accionada dar por concluidas las investigaciones iniciadas en contra de la peticionaria.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. LEVANTAR la suspensión de términos del presente proceso de tutela, ordenada mediante auto de dieciocho (18) de noviembre de dos mil trece (2013).
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia del doce (12) de febrero de dos mil trece (2013) proferida por el Tribunal Administrativo de Nariño-Sala de Conjueces, que revocó el fallo del cinco (5) de junio de dos mil doce (2012) dictado por el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Pasto y, en consecuencia, TUTELAR el derecho al debido proceso de la accionante, por las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Tercero. ORDENAR a la División de Gestión de Investigaciones de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pasto dar por concluidas las investigaciones iniciadas en contra de la señora Mary Genith Viteri Aguirre por los hechos analizados en esta sentencia.
- Cuarto. Por la Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.