T-097 de 2018
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Belgica Sibaja De Sanchez Y Otros·Demandado Municipio De Chima
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto se acudió de manera directa a la tutela sin que existiera acción u omisión atribuible a la administración municipal de la que pudiera inferirse la posible afectación de las garantías constituciona
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En varias acciones de tutela formuladas de manera independiente se aduce que el municipio de Chimá vulneró derechos fundamentales de los actores, por hechos relacionados con el reconocimiento y pago de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez que reclamaron.
Teniendo en cuenta que en todos los expedientes se acudió de manera directa a la tutela sin que existiera una acción u omisión atribuible a la administración municipal demandada de la que pudiera inferirse la posible afectación de las garantías constitucionales a la seguridad social y al mínimo vital, la Sala decide revocar las sentencias que concedieron el amparo y en su lugar declarar la IMPROCEDENCIA de las acciones de tutela formuladas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia del 2 de agosto de 2017, proferida por el Juzgado Municipal de Chima, que amparo los derechos fundamentales a la seguridad social, vida digna, minimo vital y proteccion a la tercera edad, en contra del municipio de Chima-Cordoba, y en favor de Belgica Sibaja de Figueroa. En su lugar, DECLARAR la improcedencia de esta accion de tutela.
- Segundo. REVOCAR la sentencia del 2 de agosto de 2017, proferida por el Juzgado Municipal de Chima, que amparo los derechos fundamentales a la seguridad social, vida digna, minimo vital y proteccion a la tercera edad, en contra del municipio de Chima-Cordoba, y en favor de Arturo Daniel Espitia Puentes. En su lugar, DECLARAR la improcedencia de esta accion de tutela.
- Tercero. REVOCAR la sentencia del 2 de agosto de 2017, proferida por el Juzgado Municipal de Chima, que amparo los derechos fundamentales a la seguridad social, vida digna, minimo vital y proteccion a la tercera edad, en contra del municipio de Chima-Cordoba, y en favor de Prodigo Manuel Perez Serpa. En su lugar, DECLARAR la improcedencia de esta accion de tutela.
- Cuarto. REVOCAR la sentencia del 25 de julio de 2017, proferida por el Juzgado Municipal de Chima, que amparo los derechos fundamentales a la seguridad social, vida digna, minimo vital y proteccion a la tercera edad, en contra del municipio de Chima-Cordoba, y en favor de Emiliano Jose Madera Cordero. En su lugar, DECLARAR la improcedencia de esta accion de tutela.
- Quinto. REVOCAR la sentencia del 25 de julio de 2017, proferida por el Juzgado Municipal de Chima, que amparo los derechos fundamentales a la seguridad social, vida digna, minimo vital y proteccion a la tercera edad, en contra del municipio de Chima-Cordoba, y en favor de Jose Madera Cordero. En su lugar, DECLARAR la improcedencia de esta accion de tutela.
- Sexto. REVOCAR la sentencia del 31 de julio de 2017, proferida por el Juzgado Municipal de Chima, que amparo los derechos fundamentales a la seguridad social, vida digna, minimo vital y proteccion a la tercera edad, en contra del municipio de Chima-Cordoba, y en favor de Jose Miguel de Luis Sibaja. En su lugar, DECLARAR la improcedencia de esta accion de tutela.
- Septimo. EXPEDIR, por Secretaria General, la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.