Sentencia de Tutela1 de febrero de 1995
T-025 de 1995
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Clemente Meneses Lopez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Embargo De Dineros Oficiales. Der. A La Seguridad Social. Pago De Reajustes Pensionales. Banco Del Estado. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Bancos
- Incumplimiento de órdenes de embargo
Inembargabilidad De Bienes Del Estado
- Excepciones en materia laboral
Superintendencia Bancaria
- Circular inconstitucional
Derechos De Persona De La Tercera Edad
- Pago y reajuste oportuno de pensiones
Juez Laboral
- Requerimiento para cumplimiento de órdenes de embargo
7 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. Inaplícase por inconstitucional en el presente caso, de conformidad con el art. 4 de la Constitución Política, la circular No. 18 de fecha Marzo 6 de 1992 originaria de la Superintendencia Bancaria.
- Enviése copia de ésta Sentencia a dicha Superintendencia.
- SEGUNDO. Revocar la sentencia de fecha 18 de agosto de 1994 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, mediante la cual se negó la tutela impetrada por los señores Clemente Meneses López, Tiburcio Loret Negrete y Martín J. Esquivel Camargo y, en su lugar, concédese la tutela de sus derechos fundamentales a la seguridad social y al pago de los reajustes a sus pensiones de jubilación, decretadas por la Caja Nacional de Previsión Social y ordénase al Banco del Estado oficina principal La Matuna de la ciudad de Cartagena dar cumplimiento a las órdenes de embargo emanadas del Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Cartagena, emitidas dentro de los procesos adelantados por los señores Clemente Meneses López, Tiburcio Loret Negrete y Martín J. Esquivel Camargo.
- TERCERO. Líbrense las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí previstos.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-537/94Reintegro De Trabajador De La Licorera Del Choco. Cumplimiento De Sentencia Judicial. Concedida.T-111/94Der. A La Seguridad Social. Pago Oportuno De Pensiones. Concedida.C-103/94Dec. 2282/89. Arts 1 Num 158. Parcial. Y 272 Parcial. Modificaciones Al C.P.C. Exequibles.T-128/93Colpuertos. Cumplimiento De Sentencias Laborales. Legitimacion Por Activa. Negada.C-017/93Ley 15/82. Art 1. Inembargabilidad De Dineros Destinados Al Pago De Pensiones. ConstitucionalC-013/93Ley 01/91 Dec. 035 036 Y 037/92. Estatuto De Puertos Maritimos. Ley Estatutaria. Ley Marco. Constitucional
Ver las 8 →Citada por21
T-232/23Derecho A La Igualdad Y No Discriminación, Debido Proceso Disciplinario Y Educación Superior Inclusiva-Vulneración Por No Tener En Cuenta Las Condiciones De Salud Del Estudiante. Falta De Enfoque Social De Discapacidad En Proceso Administrativo Disciplinario.T-436/22Acción De Tutela Para Reconocimiento Pensional Por Invalidez-Procedencia Excepcional Al Negar La Prestación Por Inconsistencias En La Fecha De Estructuración De La Invalidez, Desconocimiento De La Condición Más Beneficiosa Y Del Precedente Constitucional.T-179/19Derecho A La Libertad De Expresion En Redes Sociales.T-404/18Accion De Tutela Para El Cumplimiento De Sentencias Judiciales Que Reconocen Derechos Pensionales.T-523/13Tutela de 2013T-182/13Tutela de 2013
Ver las 21 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.