Providencias que cita
SU.020/22 invoca estas providencias en su argumentación. · 157 en total.
Volver a la ficha de SU.020/22Derecho A La Seguridad Personal De Persona Con Nivel De Riesgo Extraordinario
Derecho A La Rehabilitacion De Persona Habitante De Calle En Situacion De Discapacidad, Derecho A La Salud Mental Y Derecho Al Diagnostico.
Reconocimiento De Personeria Juridica Al Movimiento Politico Colombia Humana
Derecho De Peticion, Debido Proceso Administrativo Y Derecho De Acceso Progresivo A La Tierra
Derecho A La Representacion De Las Victimas Mediante Las Circunscripciones Transitorias De Paz Para La Camara De Representantes
Derechos Fundamentales De La Comunidad Indígena Jiw En Peligro De Extinción
Derecho A La Seguridad Personal De Lideres Sociales
Derecho A La Educacion-Padres De Familia No Pueden Abusar De Sus Derechos E Incurrir En Cultura Del No Pago
Derecho A La Seguridad Personal.
Derecho De Petición De Docentes Del Sector Oficial Frente A Las Solicitudes De Reconocimiento Y Pago De La Sanción Moratoria Por El Pago Tardío De Las Cesantías
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones En Asunto Penal-Miembro De La Fuerza Pública Presunto Responsable De Los Delitos De Homicidio En Persona Protegida Y Falsedad Ideológica En Documento Público.
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones En Asunto Penal-Jurisdicción Especial Para La Paz (Jep) No Ha Realizado Manifestación Alguna Sobre Su Competencia Por La Presunta Comisión Del Delito De Secuestro Extorsivo.
Derechos A La Seguridad Personal Y Debido Proceso Se Vulneran Por Parte De La Unidad Nacional De Proteccion, Por Falta De Motivacion Al Momento De Calificar El Riesgo Y Decidir Finalizar Esquema De Proteccion.
Derecho A La Seguridad Personal De Periodistas Y Criterios Para Evaluar Los Riesgos Que Los Afectan.
Derecho A La Seguridad Personal.
Ley 1925 De 2018. Aprobatoria Del “acuerdo Entre La Unión Europea Y La República De Colombia”
Derecho A La Seguridad Personal De Lideres Sociales.
Derecho Al A Seguridad Personal Y El Deber De Proteccion De Los Lideres Indigenas.