C-930 de 2014
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Revision Constitucional De La Ley 1714 De 2014, Por Medio De La Cual Se Aprueba La Enmienda A La Convencion De La Organizacion Mundial De Aduanas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Implica el deber de revisar la competencia de quien participó en el proceso de negociación y adopción del convenio
- Jurisprudencia constitucional
- Ámbito de control de constitucionalidad
- Reglas jurisprudenciales
- Contenido y alcance
- Finalidad
- Inexistencia de vicio, cuando a pesar de la ruptura de la cadena de anuncios, en sesión anterior a la de aprobación del proyecto, éste fue anunciado para votación
- Presupuestos que deben verificarse para su cumplimiento
- Competencia
- Jurisprudencia constitucional
- Trámite legislativo
- Adhesión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad de la Ley 1714 de 2014, por medio de la cual se aprueba la “Enmienda a la Convención de la Organización Mundial de Aduanas”, aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanera, en Bruselas, el 30 de junio de 2007.
La Corte constató que los trámites atinentes a la formación de la ley aprobatoria en sus distintas etapas se cumplieron en su integridad.
Con relación al instrumento aprobado por esta Ley, tanto en su aspecto formal como material, la Corte encontró que se ajusta en todo a los preceptos constitucionales.
De una parte, por cuanto se llenaron a plenitud las formalidades exigidas por la Constitución y la ley para que un tratado internacional pueda incorporarse al ordenamiento jurídico interno.
De otra, porque sus objetivos y contenido, a través de la cual se busca favorecer y garantizar los procesos de integración de los Estados dentro del marco del comercio internacional, se enmarcan sin dificultad en el contenido de los preceptos Superiores aplicables, en particular, a los objetivos que la Carta le asigna al manejo de las relaciones internacionales y a la suscripción de tratados con otros Estados y/o con organismos de derecho internacional.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1714/14. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1714 de 22 de abril de 2014, Por medio de la cual se aprueba el ""Enmienda a la Convencion de la Organizacion Mundial de Aduanas" aprobada por el Consejo de Cooperacion Aduanera, Bruselas, 30 de junio de 2007".
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el "Enmienda a la Convencion de la Organizacion Mundial de Aduanas" aprobada por el Consejo de Cooperacion Aduanera, Bruselas, 30 de junio de 2007".
- TERCERO. Oficiar por Secretaria General a las Mesas Directivas de las Comisiones y Plenarias del Senado de la Republica y la Camara de Representantes, remitiendoles copia de la providencia para que tomen nota de las observaciones hechas y adopten a futuro los mecanismos correctivos del caso.
- CUARTO. COMUNICAR esta sentencia al Presidente de la Republica para lo de su competencia y al Presidente del Congreso de la Republica.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.