C-929 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante John Alirio Pinzon Pinzon
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración
- Opciones para determinar costo fiscal
- Determinación del costo fiscal de acuerdo a avalúo de la declaración del impuesto predial y/o declaración de renta
- Determinación sin tener en cuenta correcciones o adiciones a las declaraciones tributarias, ni avalúos no formados
- Casos en que debe surtirse según Consejo de Estado
- Subsidiariedad
- Notificación por correo electrónico
- Interpretación del Consejo de Estado sobre clase de notificación que debe surtirse
- Interpretación del Consejo de Estado sobre clase de notificación que debe surtirse
- Contabilización del término para responder o impugnar acto administrativo
- Desarrollo de los principios de eficacia y celeridad de la función administrativa en el trámite
- Inconstitucionalidad de la expresión "y se extenderá surtida en la fecha de introducción al correo"
- Determinación de costo fiscal
- Contabilización del término para que contribuyente comparezca a notificarse personalmente
- No es absoluto
- Finalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto ley 624 de 1989 articulos 72 (parcial) 565 inciso 2 (parcial) y 568 (parcial).
Avaluo como costo fiscal para fines del impuesto predial unificado.
Formas de notificación de las actuaciones de la administración de impuestos.
Notificaciones devueltas por correo.
Cosa juzgada relativa.
El articulo 72 del estatuto tributario modificado por el articulo 4 de la ley 174 de 1994 es constitucional.
Las notificaciones de los actos administrativos en especial de los que profiere la administración tributaria.
Exequibles
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLES las expresiones "las correcciones o adiciones a las declaraciones tributarias ni", contenida en el articulo 72; "de la fecha de introduccion al correo", contenida en el articulo 565; y, "de introduccion al correo", contenida en el articulo 568, del Decreto 624 de 1989 (Estatuto Tributario).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.