Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de noviembre de 2011Sala Plena

C-878 de 2011

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Luis Fernando Jaramillo Duque·Demandado Ley 1430 De 2010 (Articulo 8 Parcial)

Tema · dato duro
Sancion Por Violacion A Condiciones De Exencion Por Compra Y Distribucion De Combustibles Liquidos Derivados Del Petroleo En Zonas De Frontera. Está Sujeta A Un Término De Prescripción De Tres Años
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Establecimiento De Terminos Que Predeterminan El Normal Tramite De Los Procesos Judiciales O Administrativos
  • Desarrollo claro de la cláusula general de competencia del Congreso para hacer las leyes
Norma Sobre Plazo Especial De Prescripcion Con Que Cuenta La Administracion Para La Imposicion De Una Sancion Fiscal
  • No encuentra reparos de naturaleza constitucional, en la medida que surge de la libertad de configuración del legislador en materia tribut
Normas Tributarias De Control Y Para La Competitividad
  • Sanción por violación a las condiciones de una exención
Principio De Favorabilidad En Materia Tributaria
  • Desarrollo de línea jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia
Vigencia De La Ley
  • Conlleva su eficacia jurídica
Normas Juridicas
  • Carácter ambiguo
  • Pueden ofrecer distintos significados debido a la indeterminación que guía el lenguaje en general y por ende el lenguaje jurídico
Normas Tributarias
  • Principio de irretroactividad
Principio De Irretroactividad De La Ley Tributaria
  • No puede ser absoluto cuando se trate de modificaciones que resulten benéficas al contribuyente
16 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 8º (parcial) de la ley 1430 de 2010.

Por medio de la cual se dictan normas tributarias de control y para la competitividad.

En el presente caso se trata de resolver si la medida contenida en la norma acusada vulnera el principio de irretroactividad de las normas tributarias, al habilitar a la Administración de Impuestos a aplicar una sanción a conductas realizadas con anterioridad a la vigencia de la ley y; a determinar si con la norma se establece un plazo de prescripción fiscal especial que reconoce el ordenamiento tributario a la Administración para sancionar a distribuidores de combustibles líquidos, ampliando el término de prescripción general de dos a tres años para este caso particular.

Para la Corte la primera interpretación resulta inaceptable por la irretroactividad de la aplicación de las normas tributarias.

En cuanto a la segunda interpretación, la Corte no encontró reparos por tratarse de una medida surgida de la libertad de configuración del legislador en materia tributaria que se irradia en su potestad sancionatoria.

Se declara la EXEQUIBILIDAD condicionada del inciso final del artículo 8º de la Ley 1430, en el entendido de que el término allí previsto consagra una prescripción especial a la facultad sancionatoria.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1430/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar la EXEQUIBILIDAD del inciso final del articulo 8o de la Ley 1430 de 2010, en el entendido de que el termino alli previsto consagra una prescripcion especial a la facultad sancionatoria, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la presente sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.