C-516 de 2017
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Revision De Constitucionalidad·Demandado Decreto Ley 883 De 2017
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Eventual incumplimiento de compromisos adquiridos por el Gobierno Nacional frente a las comunidades in
- Interrupción del término de prescripción de la acción de cobro de obligaciones fiscales no desconoce l
- Por el contenido y naturaleza de las medidas adoptadas no había lugar a proceso de consulta previa
- Procedimiento aplicable en control constitucional
- Inexistencia de reserva especial de ley
- Inversiones en infraestructura física que pueden realizar las empresas incluidas no deben tener relaci
- Medidas contribuyen positivamente a la materialización de los compromisos del Acuerdo de Paz
- Reglas
- Vínculo material con los contenidos del Acuerdo de Paz
- Alcance
- Reglas sobre competencia temporal del Ejecutivo
- Condiciones que delimitan la competencia material
- Ausencia de consagración en la Constitución del requisito de necesidad estricta
- Competencia de la Corte Constitucional en la revisión de los decretos dictados al amparo del artículo 2 del Acto Legislativo 01 de 2016 comprende aspectos formales y asuntos de índole sustantivo
- Competencia gubernamental
- Temporalidad
- Circunstancia excepcional que amerita acudir a las facultades presidenciales para la paz
- Urgencia
- Comprensión de todos los elementos necesarios para la consolidación de la paz
- Esencialidad de las medidas conexas a los acuerdos para el logro de la paz
- Aspecto de vital importancia para el éxito del proceso de paz
- Contenido y alcance
- El examen de inidoneidad del trámite legislativo se realiza sobre los decretos legislativos, mas no sobre los decretos con fuerza de ley expedidos por norma habilitante de rango c
- Invocación expresa de la facultad prevista en el Acto Legislativo 01 de 2016
- Requisito de estricta necesidad no debería analizarse en la revisión de los decretos ley expedidos en virtud de las facultades excepcionales constitucionales
- Requisitos formales
- Procedimiento legislativo especial para la paz (fast track) y facultades presi
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de Constitucionalidad del Decreto Ley 883 de 2017, por el cual se modifica la Ley 1819 de 2016 para incluir a las empresas dedicadas a la minería y a la explotación de hidrocarburos en la forma de pago de obras por impuestos.
La Corte declara la EXEQUIBILIDAD de la norma revisada, pero en el entendido de que las inversiones en infraestructura física que pueden realizar las entidades establecidas en el parágrafo primero del artículo 236 y en el parágrafo 5º del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, no deben tener relación de causalidad con su actividad generadora de renta, y no deben corresponder a las que de ordinario deban ejecutarse en virtud de mandato legal, acto administrativo o decisión judicial.
Se aclara que la interrupción de término de prescripción de la acción de cobro de obligaciones fiscales no desconoce el ordenamiento superior y, por el contrario, apunta a garantizar la exigibilidad de tales obligaciones en un escenario complejo, en el que el impuesto se paga a través de mecanismos que, por su propia naturaleza, se dilatan en el tiempo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1819/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- DECLARAR LA EXEQUIBILIDAD DEL DECRETO LEY 883 DE 2017, en el entendido de que las inversiones en infraestructura física que pueden realizar las entidades establecidas en el parágrafo
- primero. del artículo 236 y en el parágrafo 5º del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, no deben tener relación de causalidad con su actividad generadora de renta, y no deben corresponder a las que de ordinario deban ejecutarse en virtud de mandato legal, acto administrativo o decisión judicial.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.