C-447 de 2015
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Nicolas Caballero Hernandez Y Otro·Demandado Ley 1676 De 2013, Articulo 52, Inciso Quinto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte debió haber proferido una decisión de fondo, pues se encontraban acreditadas las condiciones sustantivas para e
- Al no darse la derogatoria por sustracción de materia no sería posible plantear cargos por omisión legislativa relati
- Cumplimiento de requisitos mínimos
- Aplicación del principio pro actione
- Reglas de prelación de garantías en procesos de insolvencia y garantías reales en procesos de liquidación judicial
- Aplicable a personas naturales comerciantes
- Dualidad de interpretaciones establece aptitud de la demanda pues no habría incompatibilidad entre la norma y el régimen y por tanto no habría derogatoria tácita
- Contenido
- Falta de certeza y suficiencia de los cargos formulados por omisión legislativa relativa condujeron a un fallo inhibitorio
- Clases
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el quinto inciso del artículo 52 de la Ley 1676 de 2013, por la cual se promueve el acceso al crédito y se dictan normas sobre garantías inmobiliarias.
Los demandantes solicitaron a la Corte Constitucional declarar inexequible la expresión acusada, por configurarse una omisión legislativa relativa violatoria de la prevalencia de los derechos de los niños y de las garantías laborales mínimas que consagra el Estatuto del Trabajo.
La falta de certeza del concepto de violación alegada condujo a la Sala a concluir que la demanda carece de aptitud sustancial.
En virtud de lo anterior, decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad de la expresión acusada.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1676/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad de la expresión "En todo caso, lo establecido en el presente artículo no aplicará en detrimento de derechos pensionales", contenida en el artículo 52 de la Ley 1676 de 2013, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.