C-361 de 2016
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Ronald Arturo Campos Merchan·Demandado Ley 769 De 2012, Articulo 127 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Observancia de garantías en el cumplimiento de funciones y la realización de objetivos y fines por las autoridades administrativas
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance
- Contenido
- Distinción entre garantías previas y garantías posteriores
- Elementos esenciales
- Pilar fundamental del Estado Social y Democrático de Derecho
- Falta de certeza
- Fallo no habla de falta de oportunidades para la contradicción sino de confrontación con otras previsiones del Código Nacional de Tránsito
- Corte debió inhibirse de emitir pronunciamiento de fondo
- Fallo inhibitorio cuando cargo por violación del debido proceso carece de fundamento
- Observancia de todas las garantías esenciales que son inherentes al debido proceso
- Cierre de calles
- Medida complementaria a la multa
- Competencia para regular el derecho al debido proceso
- Vulneración
- Legislador puede imponer limitaciones, siempre y cuando éstas sean razonables
- Límites
- Regulación
- Sujeta a los principios constitucionales que gobiernan la función pública, esto es, igualdad, moralidad, eficacia, economía celeridad, imparcialidad y publicidad
- Concepto y alcance
- Límites a la libertad de configuración del legislador
- Objetivo está ligado a la protección del uso común del espacio público
- Regulación y relación con la protección del espacio público
- Requisitos mínimos
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Deber de velar por el respeto y protección de la integridad del espacio público
- Medida de bloqueo y retiro de vehículo mal estacionado o abandonado en espacio público
- Objetivo central
- Acceso
- Características
- Jurisprudencia constitucional
- Constituye una medida con un fin constitucional relevante, que resulta adecuada para proteger el uso del espacio público en beneficio de la comunidad que no vulnera la
- Conceder a las autoridades de tránsito facultades exorbitantes y desproporcionadas puede implicar el sacrificio de derechos fundamentales
- Consecuencias que se derivan de su aplicación
- Características
- Garantía de acceso a toda la población
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 127 (parcial) de la Ley 769 de 2002, por el cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.
Considera el demandante que el aparte normativo acusado debe declararse inexequible, por contrariar los artículos 24 y 29 de la Constitución, relacionados con los derechos fundamentales a la libertad de locomoción y debido proceso.
Igualmente, porque viola el principio de presunción de inocencia, en la medida en que parte de la base que el conductor estacionó el vehículo sin ninguna justificación para ello.
Señala, que cuando se estaciona un vehículo en una zona prohibida o que obstaculice el tráfico no implica que se ha abandonado este bien y, por tanto, que deba ser inmovilizado y removido por la autoridad de tránsito.
La Corte determinó que la medida de bloqueo y retiro del vehículo mal estacionado o abandonado en un espacio público constituye una medida con un fin constitucional relevante que resulta adecuada para proteger el uso del espacio público en beneficio de la comunidad, que no vulnera la libertad de locomoción, ni las garantías del debido proceso.
EXEQUIBLE, por los cargos analizados.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresion "o abandonados en areas destinadas al espacio publico, sin la presencia del conductor o responsable del vehiculo" del articulo 127 de la Ley 769 de 2002, por los cargos analizados en la presente sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.