C-127 de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Manuel Segundo Unda Garcia·Demandado Ley 2029 De 2020
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Extralimitación en el ejercicio de la función de interpretación de la ley
- Contenido
- No puede introducir nuevos mandatos o prohibiciones, ni realizar reformas, modificaciones o adiciones
- Alcance
- Requisitos
- Límites
- Posibilidad excepcional debe estar sujeta a regulación estatutaria
- Jurisprudencia constitucional
- Carácter excepcional
- Solo procede con la expedición de una ley estatutaria
- Clases de empleados destinatarios de la medida conforme acto legislativo 2 de 2004
- Alcance conforme artículo 127 de la Constitución Política
- Objeto
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Incumplimiento de requisitos exigidos en cargo por violación al principio de igualdad
- Condiciones para que se consolide el cargo
- Ejercicio
- Manifestación del derecho fundamental a la participación ciudadana
- No hace parte del significado constitucional la emisión de una opinión o la presentación de una postura respecto de un asunto de interés general
- Finalidad
- Instrumento previsto por la ley 5ª de 1992 para adelantar labor legislativa
- Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 1 (parcial) de la Ley Orgánica 2029 del 24 de julio de 2020, por la cual se interpreta el artículo 388 de la Ley 5ª de 1992, modificado por el artículo 1 de la Ley 186 de 1995 y el artículo 7 de la Ley 868 de 2003.
La censura se dirige a afirmar que la interpretación hecha por Congreso de la República del artículo 388 de la Ley 5ª de 1992 desconoce lo dispuesto en los artículos 127 y 150.1 de la Constitución, pues le otorgó a las UTL funciones atinentes a actividades de «apoyo político»; agregando a la norma interpretada un contenido que no estaba comprendido dentro de su ámbito material.
Para la Sala Plena de la Corporación resultó innegable que el Congreso de la República desconoció los requisitos constitucionales que rigen el ejercicio de la función de interpretación y, por ello, declaró INEXEQUIBLE la frase «podrá incorporar actividades de apoyo político» contenido en el inciso 3º del artículo 1º de la Ley 2029 de 2020.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 186/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE la expresion "podra incorporar actividades de apoyo politico" contendida en el inciso 3deg del articulo 1 de la Ley 2029 de 2020.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.