C-125 de 2013
Ponente Alexei Egor Julio Estrada
✓Demandante Giovanny Rafael Decola Vasquez·Demandado Codigo Civil, Articulo 47 (Parcial)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Condición de la persona de haber estado casada
- Afinidad legítima
- Definiciones de varias palabras de uso frecuente en las leyes
- Inhibición para un pronunciamiento de fondo
- Ineptitud sustantiva por ausencia de integración normativa
- Contenido y alcance
- Procedencia excepcional
- Improcedencia
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 47 (parcial) del Código Civil.
El demandante afirma que el contenido normativo del aparte acusado, al disponer que el vínculo por afinidad legítima se mantiene “de forma vitalicia” respecto de los consanguíneos legítimos de aquella persona con la cual se ha estado casado, resulta contrario a los artículos 1, 7 y 53 de la Constitución Política, en consideración a que de dicho vínculo de parentesco se derivan derechos y obligaciones, prohibiciones e inhabilidades.
Asevera además el actor que la precitada expresión resulta desproporcionada a la luz del ordenamiento vigente.
La Corte evidenció ausencia de certeza, suficiencia y pertinencia en el cargo de inconstitucionalidad formulado y por ello se declaró INHIBIDA para decidir de fondo, por la ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para decidir sobre la exequibilidad o inexequibilidad de la expresion "o ha estado" contenida en el articulo 47 del Codigo Civil.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.