C-123 de 2004
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Javier Andrade Gonzalez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inserción en la ley de condicionamiento de sentencia de constitucionalidad aunque no de manera literal
- Suspensión no es indefinida
- Suspensión únicamente se justifica por hechos imputables al sindicado o apoderado
- Delimitación conceptual de la expresión "causa justa o razonable" que da lugar a la suspensión
- No delegación por legislador en juez penal de potestad de suspensión y por ende de negar libertad provisional
- Suspensión por causa justa o razonable
- Suspensión por causa justa o razonable debe encontrarse plenamente justificada
- Violación por delegación legislativa en el juez de posibilidad de suspensión por "causa justa o razonable"
- Adopción de condicionamiento de la Corte Constitucional
- Regulación por legislador
- Control de negativa a concesión
- Regulación por legislador
- Negativa por suspensión de audiencia de juzgamiento por un motivo razonable o justo plenamente justificado
- Valoración por el juez de causas justas o razonables de suspensión de audiencia de juzgamiento
- Ambito de aplicación
- Concepto
- Requisito para privación temporal de la libertad
- Regulación legal estricta de duración
- Ambigüedad del lenguaje y vaguedad del concepto
- Significado
- Reanudación inmediata de audiencia una vez superada la causa justa o razonable de la suspensión
- Exigencia de la óptima determinación de las normas jurídicas conminatorias
- Motivos
- No observancia por legislador
- Delimitación cuya aplicación entrega al juez
- Duración excesiva desconoce múltiples derechos fundamentales
- Injustificada prolongación en el tiempo
- Implicaciones
- Violación por indeterminación y sujeción a apreciación subjetiva del juez de la suspensión de la audiencia por causa justa o razonable
- Concepto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 600 de 2000.
Art 365 (p).
Codigo de procedimiento penal.
Libertad provisional del procesado.
Causales.
Suspension audiencia publica por justa causa o razonable.
Privacion preventiva de la libertad.
Habeas corpus.
Principio de legalidad y reserva de ley
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E
- Declarar EXEQUIBLE la expresión "cuando la audiencia se hubiere iniciado, y ésta se encuentre suspendida por causa justa o razonable o" del artículo 365 de la ley 600 de 2000, con la condición de que se entienda que la libertad provisional es procedente si, una vez superada la causa justa o razonable de la suspensión, no se reanuda inmediatamente la audiencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.