Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de diciembre de 2003Sala Plena

C-1201 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Fabio Londoño Gutierrez

Tema · dato duro
Decreto 624 De 1989. Art. 828-1.Estatuto Tributario. Adicionado Por Arts 83 Ley 6 De 1992 Y 9 Ley 788 De 2002. Normas Tributarias Y Penales Del Orden Nacional Y Territorial. Vinvulacion De Deudores Solidarios.Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad
  • Extensión del examen a normas que no han sido acusadas debe ser restringido
Actuacion Administrativa
  • Comunicación a deudor solidario en forma prevista en C.C.A. no modifica normas de procedimiento administrativo de determinación de obligaciones tributarias
Codigo Contencioso Administrativo
  • Aplicabilidad ante ausencia de norma expresa en Estatuto Tributario
Derecho De Contradiccion Y Controversia
  • Debe cobijar a todas las personas que puedan resultar obligadas en virtud de lo resuelto por la Administración
  • Vigencia desde la iniciación misma de cualquier procedimiento administrativo
Deudor Solidario En Obligacion Tributaria
  • Historia legislativa y jurisprudencial relativa al momento de vinculación al proceso de determinación y cobro coactivo
Deudor Solidario
  • No resulta inconstitucional que el título ejecutivo con el que concluye la actuación administrativa le sea oponible
  • Vinculación al proceso de ejecución coactiva mediante notificación del mandamiento de pago no contraría la Constitución
  • Posibilidad de constituirse en litisconsorte facultativo
  • Vinculación personal es ineludible para garantizar debido proceso
Estatuto Tributario
  • Inexistencia de disposición que ordene vinculación del deudor solidario al proceso administrativo
  • Liquidación oficial
  • Requerimiento especial al declarante
  • Vinculación del deudor solidario
Liquidacion De Aforo
  • Determinación que la Administración hace de la obligación
Norma Acusada
  • Exequible siempre y cuando se entienda que el deudor solidario debe ser citado oportunamente al proceso
Obligación Tributaria
  • Debe ser determinada respecto de cada contribuyente a través de un proceso
  • Deber de citación al proceso administrativo de determinación de la obligación tributaria al deudor
  • Exigencia para fijar el tributo
  • Responsabilidad solidaria
  • Deudores solidarios
  • Importancia de la vinculación del deudor solidario
  • Sujeto pasivo
  • Sujeto pasivo en los casos de responsabilidad solidaria
Proceso De Determinacion Tributaria
  • Hecho directamente por el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante o la misma Administración
Responsabilidad Solidaria En Materia Tributaria
  • Objeto de la individualización
  • Caso especial de vinculación
  • Exige la determinación e individualización de las personas solidariamente obligadas en cada uno de los supuestos
Responsabilidad Solidaria
  • Operancia exige que se demuestren los supuestos de hecho
  • Surge ex lege
Titulo Ejecutivo
  • El proferido contra el deudor principal lo será contra el deudor solidario
Unidad Normativa
  • Carácter excepcional
  • Hipótesis
  • Improcedencia
  • Sentido propio
  • Integración como último recurso para evitar fallo inhibitorio
  • Sentido lato o amplio
Debido Proceso
  • Operancia en el procedimiento administrativo tributario
Emplazamiento Publico
  • No incluye a los deudores solidarios o subsidiarios
Liquidacion Oficial De Revision
  • Procedencia y finalidad
Procedimiento Administrativo
  • Cada acto debe responder al principio del debido proceso
Resolucion Sancion
  • Acto administrativo mediante el cual la Administración impone una sanción
27 temas · 49 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Decreto 624/89EXEQUIBLE
Art. 828Decreto 624/89EXEQUIBLE
Sobre toda la normaLey 6/92EXEQUIBLE
Sobre toda la normaLey 788/02EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. Declarar EXEQUIBLE el articulo 828-1 del Decreto 624 de 1989 (Estatuto Tributario), adicionado por los articulos 83 de la Ley 6a de 1992 y 9deg de la Ley 788 de 2002.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.