Providencias que la citan
Estas providencias invocan a C-113/93 en su argumentación. · 391 en total.
Volver a la ficha de C-113/93Pension De Sobrevivientes A Compañeros O Compañeras Permanentes De Oficiales Y Suboficiales De La Policia Nacional. Reconocimiento A Personas Que Hayan Contraido Segundas Nupcias
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Que Modifica La Estructura Del Ministerio De Relaciones Exteriores Y Se Dictan Otras Disposiciones.”, Por Falta De Competencia.
Cosa Juzgada En Prohibiciones Al Servidor Publico En Codigo Disciplinario Unico. Actos Contra La Moral O Buenas Costumbres En El Lugar De Trabajo
Reserva Legal En Materia De Huelga. Vulneración Por Norma Que Faculta Al Presidente De La República Para Ordenar Cesación De Huelga
Defensor De Familia. No Se Vulnera El Derecho A La Igualdad Mediante Una Interpretación Incluyente Respecto De La Acreditación De Postgrados En Áreas Afines Con Relación Directa, Clara E Inequívoca Con Las Funciones Del Cargo
Principio De Publicidad En Tramite Legislativo. Requisitos Para Validez De Alternativa Excepcional
Cosa Juzgada En Conciliacion Laboral Prejudicial
Inhibicion Por Incompetencia De La Corte Constitucional Sobre Decreto Gubernamental
Cosa Juzgada En Carrera Notarial
Cosa Juzgada Constitucional En Efectividad De Sentencias Contra Entidades Públicas
Solicitud De Aclaracion De La Sentencia T-445/07 En La Que La Sala Segunda De Revision Considera Que Dicha Solicitud Tiene Varias Finalidades Todas Ajenas A La Figura De La Aclaracion De Sentencias Como La De Reabrir El Debate Planteado En La Sentencia, Resolver Una Consulta Sobre Vigencia Y Aplicacion De Normas Legales, Resolver Una Controversia Administrativa Y Prevenir La Eventual Apertura De Un Incidente De Desacato. Negada
Solicitud De Aclaracion Y/O Adicion De La Sentencia T-799/07. La Corte Constitucional No Tiene Competencia Para Absolver Consultas Ni Para Aclarar Las Sentencias Que Profiere, Dado Que Su Funcion Es Jurisdiccional Y No Consultiva, Por Lo Mismo No Tiene Competencia Para Proferir Nuevas Decisiones Sobre Asuntos Ya Fallados Ni Para Adicionar Las Ya Dictadas. Negada
Solicitud De Adicion A La Sentencia T-604/07. La Procedencia Excepcional De La Aclaración De Sentencias Esta Condicionada A Que Exista Una Razon Objetiva De Duda Que Nuble El Entendimiento De La Providencia Y La Adicion Sólo Procede En Aquellos Eventos En Los Cuales El Fallo De Tutela Ha Omitido La Resolucion De Algun Extremo De La Relacion Juridico Procesal Que Tenia Que Ser Decidido. Negada
Solicitud De Adicion De La Sentencia T-668/07 En El Sentido De Darle La Pauta Y Señalarle Al Iss Desde Cuando Debe Reconocer La Pension De Vejez. La Corte No Tiene Competencia Para Adicionar O Aclarar Las Sentencias Que Profiere. Asimismo Las Decisiones Que En Sede De Revision De Fallos De Tutela Dicta La Corte Constitucional No Son Susceptibles De Aclaracion, Correccion O Adicion. Negada
Solicitud De Explicacion Sobre El Contenido De La Sentencia T-188/07. La Jurisprudencia De La Corte Constitucional Ha Señalado Que En Relacion Con Sus Sentencias No Procede Efectuar Aclaraciones, Ampliaciones, Adiciones O Revisiones De Las Mismas, Y Solo De Manera Excepcional Con El Fin De Posibilitar La Ejecucion De Sus Decisiones Y Asegurar La Proteccion De Los Derechos Fundamentales Procede La Aclaracion O Correccion De Sus Fallos. En El Presente Caso El Peticionario No Fue Parte Dentro Del Proceso De Tutela De La Referencia, Ademas De Que La Peticion Fue Formulada Por Fuera De Termino. Rechazada