Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de febrero de 2007Sala Plena

C-098 de 2007

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Luis Carlos Muñoz Espinosa

Tema · dato duro
Cosa Juzgada Constitucional En Efectividad De Sentencias Contra Entidades Públicas
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Absoluta
  • Configuración
  • Concepto
Corte Constitucional
  • Competencia para determinar los efectos de sus propias decisiones
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo contencioso administrativo articulo 177 inciso 4 (parical).

Efectividad de las condenas contra entidades publicas.

Ejecucion ante la justicia ordinaria dieciocho meses despues de su ejecutoria.el demandante considera que la norma acusada cuando se aplica en materia de seguridad social en especial en el campo de pensiones contraviene los articulos 13 48 53 y 228 de la constitucion politica.existencia de cosa juzgada constitucional.

La expresion demandada fue objeto de pronunciamiento por parte de la corte constitucional habiendo sido declarada exequible en la sentencia c-555 de 1993.estarse a lo resuelto en c-555 de 1993

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto ley 01/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 177Decreto ley 01/84ESTARSE A LO RESUELTO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E
  3. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-555 de 1993, que declaró EXEQUIBLE la expresión "dieciocho (18) meses" contenida en el artículo 177 del Decreto Ley 01 de 1984, correspondiente al Código Contencioso Administrativo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.