Micelio
Sentencia de Tutela17 de septiembre de 2010

T-751 de 2010

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Adriano Clavijo Parra·Demandado Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ius Variandi
  • Alcance y límites
Accion De Tutela Contra El Inpec
  • Caso en que el demandante considera que la decisión de la entidad demandada de ordenar su traslado vulnera los derechos fundamentales del menor hijo de su compañera permanente, quien padece cáncer
Proteccion Otorgada A La Familia No Solo Proviene De Vinculos Consanguineos
  • El constituyente ha dado una protección constitucional a la familia que proviene de la unión libre entre compañeros permanentes y la ha ubicado en un pie de igualdad respecto de l
7 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Unidad familiar.

En el presente caso el accionante es un empleado del INPEC que al estar prestando sus servicios como dragoneante en el establecimiento penitenciario y carcelario de Villeta (Cundinamarca), se le ordenó trasladarse, por razones del servicio, a una cárcel del municipio de Itsmina (Chocó), sin tener en cuenta sus condiciones personales y familiares relacionadas con la atención que demanda los miembros de su núcleo familiar, en tanto su compañera permanente sufre algunas limitaciones físicas a raíz de un accidente de tránsito y el menor hijo de ésta, está siendo sometido a tratamiento de quimioterapia por padecer un cáncer en el sistema óseo. .

El accionado justifica la orden impartida, en el hecho de que los funcionarios del INPEC están sujetos a traslados y que no hay afectación de la unidad familiar por cuanto el menor relacionado en la demanda, es hijo de la compañera permanente más no del demandante.

La Sala recuerda que la protección otorgada a la familia no sólo previene de vínculos consanguíneos sino que se le ha otorgado un amparo constitucional a la familia que proviene de la unión libre entre compañeros permanentes, ubicándola en un pie de igualdad respecto de la que se constituye a partir del matrimonio.

SE CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 15 de abril de 2010, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, Sala de Decision Penal, mediante la cual se declaro improcedente el amparo interpuesto por Adriano Clavijo Parra y en su lugar, CONCEDER el amparo al derecho fundamental a la unidad familiar.
  2. SEGUNDO. SUSPENDER los efectos de la Resolucion No. 13376 del 13 de noviembre de 2009, mediante la cual se ordeno el traslado de Adriano Clavijo Parra al Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Istmina (Choco).
  3. TERCERO. ORDENAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) a partir de la notificacion de la presente sentencia, disponga las medidas pertinentes, tendientes a lograr que Adriano Clavijo Parra, sea reubicado en el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Villeta.
  4. CUARTO. ADVERTIR a Adriano Clavijo Parra, que debera instaurar la accion de nulidad del acto administrativo ante la autoridad judicial correspondiente, en un termino maximo de cuatro (4) meses a partir del fallo de tutela. Si no la instaura, cesaran los efectos de este fallo.
  5. QUINTO. Librense por la Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.