Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de noviembre de 2004Sala Plena

C-1122 de 2004

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Gina Paola Silva

Tema · dato duro
Accidente De Trabajo En Miembros De La Fuerza Publica Y De La Policia Nacional. Calificación Cuando Transporte Lo Suministra La Institución
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accidente De Trabajo En Miembros De La Fuerza Publica Y De La Policia Nacional
  • Calificación cuando transporte lo suministra la institución
  • Definición
  • Distinción no discriminatoria entre la institución que asume transporte de servidores y el trabajador que por sus propios medios acude al trabajo o regresa de él
Cosa Juzgada Material
  • Identidad normativa
  • Presupuestos
Sistema General De Seguridad Social
  • No se aplica a miembros de Fuerzas Militares ni Policía Nacional
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 1796 de 2000 articulo 31 expresiones "cuando el transporte lo suministre la institución".

Regula la evaluacion de la capacidad psicofísica y de la disminución de la capacidad laboral y aspectos sobre incapacidades indemnizaciones pension por invalidez

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 31Ley 100/93EXEQUIBLE
Art. 31Decreto 1796/00EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos formulados, las expresiones "cuando el transporte lo suministre la Institucion", contenidas en el articulo 31 del Decreto 1796 de 2000 "por el cual se regula la evaluacion de la capacidad sicofisica y de la disminucion de la capacidad laboral, y aspectos sobre incapacidades, indemnizaciones, pension por invalidez e informes administrativos por lesiones, de los miembros de la Fuerza Publica, Alumnos de las Escuelas de Formacion y sus equivalentes en la Policia Nacional, personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Militares y personal no uniformado de la Policia Nacional vinculado con anterioridad a la vigencia de la Ley 100 de 1993".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.