C-1121 de 2004
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Juan Manuel Charry Urueña
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia de vicios de forma en su aprobación
- No vulneración de derechos políticos
- Soberanía popular y democracia participativa
- Actos reformatorios de la Constitución
- Mecanismos administrativos para garantizar la transparencia y publicidad en su elaboración
- Proceso de depuración
- Concepto e importancia
- Finalidad del principio de publicidad
- Elaboración y conformación
- Finalidad del principio de eficacia
- Suspensión de incorporación de nuevas cédulas de ciudadanía
- Concepto técnico y ontológico
- Alcance y finalidad
- Cobija todos los actos jurídicos que se produzcan con posterioridad al fallo de exequibilidad de la ley que convoca a referendo
- Competencia de la Corte Constitucional para conocer de todos los actos de las autoridades públicas que intervinieron en el proceso de reforma
- Parámetros normativos para su ejercicio
- Características
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el Acto Legislativo 01 de 2004.
El demandante adujo que el precitado Acto vulnera las siguientes disposiciones de la Carta Superior: (i) 378 inciso segundo, porque se tomó la cuarta parte de un censo electoral inexacto e indebidamente conformado de la Constitución; (ii) la soberanía popular prevista en el artículo 2; (iii) el derecho a participar en referendos del artículo 40; (iv) la calidad del ciudadano del artículo 99; (v) la prohibición de votar para los miembros de la Fuerza Pública del artículo 219; (vi) el voto como deber y derecho del artículo 258 y; (vii) las garantías plenas que debe el Consejo Nacional Electoral del artículo 265.5.
Concluyó la Corte que, contrario a lo sostenido por el actor, la Registraduría Nacional del Estado Civil no suspendió la exclusión de cédulas para la determinación del censo electoral con antelación a la celebración del referendo constitucional del 25 de octubre de 2003, y que durante el trámite del Acto Legislativo censurado no se vulneraron los artículos constitucionales alegados en esta oportunidad.
Con base en lo anterior se declaró la EXEQUIBILIDAD del Acto Legislativo 01 de 2004.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 01/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el Acto Legislativo 01 de 2004, por los cargos analizados en la sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.