Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de noviembre de 2004Sala Plena

C-1088 de 2004

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante John Anderson Perez Lopez Y Otros

Tema · dato duro
Dignidad Humana Y Derecho A La Igualdad Del Discapacitado Mental. Desconocimiento Por Expresiones “locura Furiosa” Y “loco”
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Dignidad Humana Y Derecho A La Igualdad Del Discapacitado Mental
  • Desconocimiento por expresiones "locura furiosa" y "loco"
Discapacidad Mental Grave
  • Facultad del alcalde municipal o cualquier persona para provocar la interdicción
Lenguaje
  • Usos
  • Usos y confluencia respecto de expresiones determinadas
Lenguaje Del Legislador En Formulacion De Una Regla De Derecho
  • Uso emotivo y resolución por la Corte Constitucional
Lenguaje Del Legislador En Una Regla De Derecho
  • Legitimación de intervención del juez constitucional ante interferencia de derechos fundamentales
Lenguaje Del Legislador
  • No es exclusivamente descriptivo
  • Usos descriptivo y emotivo
Interdiccion De La Persona Con Demencia
  • Personas legitimadas para provocarla
Legislador
  • Expresión determinada no puede atribuírsele un uso exclusivamente descriptivo
  • Expresiones utilizadas
  • Terminología al definir una institución en el momento de promulgación de la norma
Ser Humano
  • Caracterización que hace la Constitución
  • Terminología debe respetar la dignidad
Discapacidad Mental
  • Terminología del legislador no puede desconocer la dignidad del ser humano
Discapacitado
  • Terminología debe respetar la dignidad
  • Terminología en el Código Civil
14 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo civil art. 548 (parcial).

Interdicción del demente .

Terminos: "si la locura fuere furiosa" y "loco".

Contextualizacion de las expresiones demandadas en la norma y en la institución de que hacen parte.

Los usos del lenguaje en la formulacion del cargo

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 548Ley 84/73INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«si la locura fuere furiosa o si el loco»
Art. 548Ley 57/87INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«si la locura fuere furiosa o si el loco»
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "si la locura fuere furiosa o si el loco" contenidas en el artículo 548 del Código Civil.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.