Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de diciembre de 2002Sala Plena

C-1064 de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Tema · dato duro
Juez Penal Del Circuito Especializado En Conmocion Interior. Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez Natural Ordinario
  • Garantía de derechos, valores y libertades
Debido Proceso
  • Formas procesales
  • Garantías de la libertad
  • Juez competente
  • Conocimiento de cuál es el despacho judicial
  • Investidura de juez
  • Juzgamiento conforme a leyes preexistentes al acto que se imputa
Conmocion Interior
  • Límites
  • Hechos no son sobrevinientes
  • Instrumento de carácter jurídico excepcional
Decreto Legislativo De Conmocion Interior
  • Instrumento jurídico consistente en abreviar los procedimientos
  • Delitos adscritos a jueces penales del circuito especializado
  • Modificación de disposiciones de procedimiento penal que guarde relación con causas de perturbación
  • No efectos retroactivos en procedimiento para juzgar imputados de delitos
  • No efectos retroactivos sobre hechos presuntamente delictivos ocurridos con anterioridad
  • Observancia del debido proceso en modificación de normas procedimentales penales
Jurisdiccion
  • Ejercicio
  • Definición
Ley Procesal Penal En Estado De Conmocion Interior
  • Límites a modificaciones
  • Modificación de normas sobre asignación de competencias y efecto general inmediato
Ley Procesal
  • Inmediatez frente a irretroactividad y derechos adquiridos
  • Inmediatez no desconoce irretroactividad ni derechos adquiridos
  • Efecto general inmediato
Juez Natural En Materia Penal
  • Significado e implicaciones
Juez Natural
  • Predeterminación por ley
  • Importancia
  • Normas de competencia deben tener categoría de ley
Principio Del Juez Natural
  • Elemento esencial del debido proceso
Proceso
  • Procedimiento instituido por el legislador
Juez Penal Del Circuito Especializado
  • Nueva determinación de competencias
  • Suspensión de leyes incompatibles
  • Traslado de competencia
Libertad Juridica
  • Lugar, tiempo y modo de juzgamiento
Principio De Favorabilidad Ante Ley Procesal
  • Vigencia al momento de aplicación
Principio De Legalidad Ante Ley Procesal
  • No impide efecto general inmediato
23 temas · 40 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto legislativo 2001 de 2002.

Competencia de los jueces penales del circuito especializados.

Estado de conmocion interior.

Limites.

Suspension leyes incompatibles.

Debido proceso judicial.

Modificacion normas de procedimiento penal.

Principio de legal

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2001/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 3Decreto 2001/02EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 1 del Decreto Legislativo No. 2001 expedido el 9 de Septiembre de 2002, "por el cual se modifica la competencia de los Jueces Penales del Circuito Especializados", en el entendido que las nuevas competencias conferidas a los Jueces Penales del Circuito Especializados, dado el caracter mas gravoso de su procedimiento, solo son aplicables a los delitos cometidos a partir de la vigencia de ese decreto, y no a las conductas punibles realizadas con anterioridad a ella, las que seguiran siendo conocidas por los Jueces Penales del Circuito.
  4. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 2 del Decreto Legislativo No. 2001 de 9 de septiembre de 2002, en el entendido que los Jueces Penales del Circuito para los procesos de los que conoceran de inmediato y en el estado en que se encuentren, y que antes eran de conocimiento de los Jueces Penales del Circuito Especializados, aplicaran el procedimiento senalado por la ley para los delitos de conocimiento de aquellos.
  5. Tercero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 3 del Decreto Legislativo No. 2001 de 9 de septiembre de 2002.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.