C-1033 de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Janeth Gonzalez Romero
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Compañeros permanentes
- Alcance
- Protección material
- Elementos
- Es objetivo
- Plano de igualdad
- Protección integral
- Diferencias sin equiparar efectos
- Distinción
- Fundamento constitucional
- Características
- Concepto
- Relevancia constitucional
- Igualdad de derechos y obligaciones para núcleo familiar y miembros que la componen
- Protección de la igualdad
- Finalidad
- Incumplimiento de los requisitos de certeza, especificidad y pertinencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo civil.
Art. 411 nums. 1 y 4.
Alimentos al conyuge.
Igualdad derechos y obligaciones.
Matromonio union marital de hecho y compañeros permanentes.
Beneficiarios prestacion alimentaria.
Proteccion a la familia.
Sancion conyuge culpable.
Cosa juzgada relativa
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el numeral 1o del articulo 411 del Codigo Civil, siempre y cuando se entienda que esta disposicion es aplicable a los companeros permanentes que forman una union marital de hecho.
- Segundo. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad del numeral 4o del articulo 411 del Codigo Civil.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.