Micelio
Sentencia de Constitucionalidad17 de febrero de 2016Sala Plena

C-067 de 2016

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Sebastian Duran Mendez Y Otro·Demandado Ley 1564 De 2012, Articulo 206, Inciso 4

Tema · dato duro
Juramento Estimatorio. Monto De Lo Que Se Debe Pagar Si La Cantidad Estimada Excede El 50% A La Que Resulte Probada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Codigo General Del Proceso
  • En el juramento estimatorio, la sanción se calcula sobre el excedente probado y el estimado y el cincuenta por ciento (50%) es el margen de error
Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Sobre Juramento Estimatorio En Codigo General Del Proceso
  • La Corte se pronunció sobre un problema legal, ajeno al ámbito de sus funciones
  • No cumplía con requisitos de certeza, pertinencia y suficiencia
  • Procedencia por cumplimiento de requisitos
  • La sentencia debía abordar en su análisis los precedentes en vigor sobre la norma estudiada, de manera que se diera mayor coherencia y seguridad jurídic
Juramento Estimatorio En Codigo General Del Proceso
  • Destinación de los recursos provenientes de las sanciones
  • Jurisprudencia constitucional
Juramento Estimatorio
  • Finalidad de la sanción
Libertad De Configuracion Legislativa En Materia De Procedimiento Judicial
  • Límites se concretan en el deber de respetar los principios y fines del Estado, la vigencia de los derechos fundamentales y la observancia de las demás normas constitucionales
Libertad De Configuracion Legislativa
  • Definición del procedimiento en los procesos
11 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso 4º del artículo 206 de la Ley Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), modificado por el artículo 13 de la Ley 1743 de 2014.

Considera el actor que la norma acusada, al cambiar la expresión “la diferencia”, por “la diferencia entre la cantidad estimada y la cantidad probada”, desconoce el margen de error del 50% que la misma norma establece, pues en su opinión se modifica el método del cálculo para saber el monto de la sanción.

Por lo anterior aduce, se vulnera el principio de legalidad y en consecuencia, los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.

La Corte concluye que no se desconocieron los términos constitucionales señalados en los artículos 6, 29 y 229 Superiores, en la medida en que la reforma introducida por la Ley 1743 de 2014 no determinó un cambio en la base sobre la cual se calcula el monto de la sanción en el juramento estimatorio.

Se declara la EXEQUIBILIDAD de la expresión impugnada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1564/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 13Ley 1564/12EXEQUIBLE
Art. 206Ley 1564/12 «“la diferencia entre la cantidad estimada y la cantidad probada” , contenida en el inciso 4º»EXEQUIBLE
Art. 4Ley 1564/12EXEQUIBLE
Art. 13Ley 1743/14 «la expresión “la diferencia entre la cantidad estimada y la cantidad probada”»EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "la diferencia entre la cantidad estimada y la cantidad probada", contenida en el inciso 4o del articulo 206 de la Ley 1564 de 2012, tal como fue modificado por el articulo 13 de la Ley 1743 de 2014, por los cargos analizados en la sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
AclaraciónLuis Ernesto Vargas SilvaAclaraciónJorge Iván Palacio PalacioSalvamentoMaría Victoria Calle CorreaSalvamentoGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.