Micelio
Sentencia de Constitucionalidad4 de marzo de 2021Sala Plena

C-051 de 2021

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Diana Gomez Y Otro·Demandado Ley 2111 De 2019

Tema · dato duro
Grupo Bicentenario. Como Sociedad Matriz Y Controlante De Las Sociedades Que El Gobierno Defina Para El Cumplimiento De Las Funciones Establecidas En El Art. 331 De La Ley Del Plan Nacional De Desarrollo (Modernización Del Sector Financiero)
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Necesidad de correspondencia entre acusación y texto demandado
  • Improcedencia de pronunciamiento sobre nuevo cargo presentado por interviniente
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ineptitud sustantiva de la demanda
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra de los artículos 2 y 3 (parciales) del Decreto Ley 2111 de 2019, por el cual se crea una sociedad que se denominará Grupo Bicentenario.

En este caso se admitieron los siguientes cargos de inconstitucionalidad: 1º.

Violación de los numerales 7 y 10 del artículo 150 de la Constitución, por haber excedido las precisas facultades extraordinarias con las que se revistió al presidente de la República en la Ley 1955 de 2019 y, 2º.

Trasgresión de los artículos 40, 114 y del numeral 10 del artículo 150 de la Constitución, por no existir necesidad ni conveniencia pública que justificara la delegación o traslado de competencias.

La carencia de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia de los cargos formulados no le permitió a la Corte analizar la constitucionalidad de la Sociedad Grupo Bicentenario.

Con base en lo anterior, se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, por la ineptitud sustantiva de la demanda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2111/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Decreto 2111/19 «por ineptitud sustantiva de la demanda»INHIBITORIO
Art. 3Decreto 2111/19 «por ineptitud sustantiva de la demanda»INHIBITORIO
Sobre toda la normaLey 1955/19INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo frente a los cargos formulados contra los artículos 2 y 3 (parciales) del Decreto Ley 2111 de 2019, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.