DecretoVigente
Decreto 174 de 2026
por el cual se adoptan medidas para la reubicación, relocalización, temporal o definitiva, de unidades de producción agropecuaria y activos rurales, necesarias para el reordenamiento social y productivo climáticamente inteligente, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto número 150 de 2026
20artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Objeto2Declaratoria De Utilidad Pública3Medidas Sobre Ocupación Y Adquisición De Bienes4Saneamiento De Predios Y Mejoras Para La Atención De La Emergencia5Recuperación De Bienes6Trámite Preferente Para Registro Y Perfeccionamiento De Los Actos De La Adquisición Ante La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos7Acumulación De Etapas De Procedimiento Administrativo8Procedimiento Expedito Para Procesos De Clarificación, Deslinde, Recuperación De Baldíos Y Extinción De Dominio Agrario9Reserva Territorial Del Estado10Juntas De Protección De Terrenos Comunales11Determinación De Áreas Para Uso Temporal Y Manejo Sostenible12Restablecimiento De Terrenos Comunales Y Reservas Territoriales13Atención Beneficiarios De Medidas De Restitución Jurídica Y Material Y De Restitución Por Equivalencia14Voluntariedad En La Compensación Para Personas Afectadas Solicitantes De Restitución De Tierras15Atención A Beneficiarios De Proyectos Productivos Afectados Por La Emergencia16Monetización De Bienes17Segregación De Registros Inmobiliarios18Cancelación De Medidas De Protección Del Registro Único De Predios Y Territorios Abandonados (Rupta)19Medidas Excepcionales De Contratación20Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política, el artículo 36 de la Ley 137 de 1994, y en desarrollo de lo previsto en el Decreto número 150 de 2026 “por el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en parte del territorio nacional”; y
- Armando Benedetti VillanedaEl Ministro del Interior
- Rosa Yolanda Villavicencio MapyLa Ministra de Relaciones Exteriores
- Germán Ávila PlazasEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jorge Iván Cuervo RestrepoEl Ministro de Justicia y del Derecho
- Pedro Arnulfo Sánchez SuárezEl Ministro de Defensa Nacional
- Martha Viviana Carvajalino VillegasLa Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural
- Guillermo Alfonso Jaramillo MartínezEl Ministro de Salud y Protección Social
- Antonio Eresmid Sanguino PáezEl Ministro de Trabajo
- Edwin Palma EgeaEl Ministro de Minas y Energía
- Diana Marcela Morales RojasLa Ministra de Comercio, Industria y Turismo
- José Daniel Rojas MedellínEl Ministro de Educación Nacional
- Irene Vélez TorresLa Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e.)
- Helga María Rivas ArdilaLa Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio
- Yeimi Carina Murcia YelaLa Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- María Fernanda Rojas MantillaLa Ministra de Transporte
- Yannai Kadamani FonrodonaLa Ministra de las Culturas, las Artes y los Saberes
- Patricia Duque CruzLa Ministra del Deporte
- Kevin Fernando Henao MartínezEl Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación (e.)
- Alfredo Acosta ZapataEl Ministro de Igualdad y Equidad