°. Objeto . Adoptar medidas para garantizar la reubicación, relocalización, temporal o definitiva, de unidades de producción agropecuaria y activos rurales, necesarias para el reordenamiento social y productivo climáticamente inteligente, restablecer de forma pronta bienes de las personas damnificadas, y evitar la extensión de los efectos de desplazamiento forzado derivado de la emergencia declarada mediante el Decreto número 150 de 2026, promoviendo la rehabilitación, aprovechamiento, acceso equitativo, sostenible y seguro a las tierras para proveer medios de vida y seguridad alimentaria.
Decreto 174 de 2026 →Vigente
Artículo 1
Objeto
Decreto 174 de 2026 · por el cual se adoptan medidas para la reubicación, relocalización, temporal o definitiva, de unidades de producción agropecuaria y activos rurales, necesarias para el reordenamiento social y productivo climáticamente inteligente, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto número 150 de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.