Micelio

Artículo 6

Trámite Preferente Para Registro Y Perfeccionamiento De Los Actos De La Adquisición Ante La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos

Decreto 174 de 2026 · por el cual se adoptan medidas para la reubicación, relocalización, temporal o definitiva, de unidades de producción agropecuaria y activos rurales, necesarias para el reordenamiento social y productivo climáticamente inteligente, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto número 150 de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Trámite preferente para registro y perfeccionamiento de los actos de la adquisición ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos . Para garantizar la oportunidad y eficacia de las medidas adoptadas para conjurar la emergencia, los actos y actuaciones que deban ser objeto de inscripción ante las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP), deberán tramitarse de manera inmediata. En todo caso, dicho trámite deberá ser surtido por parte de la ORIP dentro de un término máximo de un (1) día hábil contado a partir de su radicación, incluyendo las notas devolutivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 174 de 2026