Micelio
Sentencia de Tutela17 de octubre de 2003

T-954 de 2003

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Luis Emilio Hernandez Gonzalez Vs. Iss Valle

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Administrativo Y Educacion De Hijo Mayor De Edad En Calidad De Estudiante. Suspension Unilateral Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Sustitucion Pensional Por Muerte Del Padre. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso
  • Vulneración por suspensión a estudiante del pago de la sustitución pensional
Sustitución Pensional
  • Finalidad
  • Fundamental
Derecho A La Educación
  • Vulneración por suspensión a estudiante del pago de la sustitución pensional
Regimen De Sustitucion Pensional
  • Garantía del derecho a la educación
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el dia 18 de noviembre de 2002 por el Juzgado
  4. Septimo. de Familia de Cali, y en su lugar CONCEDER la tutela al senor Luis Emilio Hernandez Gonzalez para la proteccion de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la educacion.
  5. Segundo. ORDENAR al Instituto de los Seguros Sociales Seccional Valle, que en el termino de cuarenta y ocho ( 48 ) horas siguientes a la notificacion de este fallo, pague las mesadas pensionales dejadas de devengar por el senor Luis Emilio Hernandez Gonzalez desde el momento en que le fue suspendido el referido derecho hasta la fecha. Para tal efecto, la entidad accionada podra exigir al Sr. Hernandez Gonzalez la documentacion que estime pertinente.
  6. Tercero. La proteccion se concedera hasta tanto la entidad accionada mediante acto administrativo suspenda o revoque la Resolucion numero 007577 de noviembre 18 del ano 1991.
  7. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.