T-944 de 2010
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Julian Javier Segura Suarez·Demandado Colegio Champagnat Hermanos Maristas De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Caso de mora en el pago de las pensiones
- Vulneración por no expedición de diploma y certificado que acredite la condición de bachiller
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Educación, trabajo.
En el año 2008 el accionante cumplió con los requisitos para obtener el grado de bachiller del Colegio Champagnat y éste no entregó el diploma, ni el acta de grado, ni las calificaciones, argumentando que sus padres no habían pagado las pensiones escolares desde que el actor estaba en séptimo grado, hechos que originaron la presentación de un proceso ejecutivo, el cual se encuentra en curso. .
El peticionario elevó derecho de petición ante la institución educativa, solicitando la entrega de los documentos anteriormente relacionados, pero dicha petición fue negada por la demandada.
Reiterando jurisprudencia para este tipo de casos, la Sala concluye que la retención de los documentos que acreditan la labor realizada por un estudiante, es una medida de presión inconstitucional, pues con ella se afectan derechos fundamentales del estudiante.
Además recuerda, que las instituciones educativas tienen a su disposición una serie de mecanismos judiciales ordinarios, ejecutivos y sumarios, para hacer efectivo el pago de las mesadas escolares adeudadas.
Se CONCEDE el amparo de los derechos invocados y se ordena a la entidad demandada entregar al actor los documentos que acreditan su calidad de bachiller.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Bogotá, el seis (06) de julio de dos mil diez (2010), dentro del proceso de tutela de Julián Javier Segura Suárez contra el Colegio Champagnat -Hermanos Maristas,- que a su vez confirmó la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Siete Civil Municipal de Bogotá, el veintiocho (28) de mayo de dos mil diez (2010), en la cual se negó el amparo solicitado por el actor, y en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la educación y al trabajo de Julián Javier Segura Suárez, y en consecuencia, ORDENAR al Colegio Champagnat -Hermanos Maristas- que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, expida el diploma de bachiller, el acta de grado, las calificaciones y demás certificaciones requeridas por Julián Javier Segura Suárez para acreditar su calidad de bachiller.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.