T-923 de 2014
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Aa En Representacion De Su Hija Zz·Demandado Alianza Medellin Antioquia E.P.S.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden a EPS prestar el servicio integral de salud en lo que respecta al diagnóstico y al tratamiento para el VIH que padece niña menor de edad
- Protección aun cuando tratamientos, medicamentos, exámenes e intervenciones no estén incluidos en el POS
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La E.P.S. accionada le negó a una niña de once años de edad, portadora de Síndrome de Inmudeficiencia Humana (V.I.H.), la práctica de la cirugía de entrecruzamiento del colágeno corneal bajo anestesia general que fue ordenada por el médico tratante, bajo el argumento de no estar incluida en el POS.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Sub-reglas definidas por la jurisprudencia en relación con el derecho fundamental a la salud de los niños, niñas y adolescentes y la autorización de tratamientos y medicamentos no incluidos en el POS. 2º.
El derecho a la salud y la protección especial a las personas portadoras de VIH/SIDA. 3º.
El derecho a la salud y la obligación de las E.P.S. de brindar un tratamiento integral.
La Sala precisa que, la aplicación del principio de integralidad en la prestación de los servicios de salud a sujetos de especial protección, impone a las E.P.S. la obligación de garantizar todas las prestaciones que puedan llevar efectivamente a la recuperación del estado de salud de los usuarios, con independencia de que estén incluidas o no en el POS.
Así mismo, que en los casos en que dichas entidades se nieguen a cumplir con este mandato, el juez constitucional debe ordenar la prestación integral de los servicios de salud, sobre todo si se trata de sujetos de especial protección constitucional.
Se CONCEDE el amparo de los derechos fundamentales a la salud y a la seguridad social.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR PARCIALEMENTE el fallo proferido por el Juzgado
- Séptimo. Penal para Adolescentes con Función de Conocimiento de Medellín el doce (12) de mayo de dos mil catorce (2014), en cuanto negó el tratamiento integral.
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, tutelar el derecho a la salud y a recibir un tratamiento integral de ZZ y ORDENAR a Alianza Medellín Antioquia EPS, que preste el servicio integral de salud en lo que respecta al diagnóstico y al tratamiento para el VIH que padece la niña en los términos y por los motivos expuestos en esta providencia, en especial según lo indicado en la consideración 6.13.
- Tercero. Líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.