Micelio
Sentencia de Tutela8 de noviembre de 1999

T-877 de 1999

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Jorge Daniel Rodriguez Lagos Y Otros

Tema · dato duro
Derecho A La Libertad De Cultos. Der A La Educacion. Obligaciones Para El Ejercicio Del Der A La Educacion. Limitacion Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Testigos De Jehova Desfiles. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Libertad De Cultos
  • Concepto de adoración
Libertad Religiosa Y De Conciencia
  • Sanciones por desestimar razones personales o religiosas que llevan a rechazar participación en actos cívicos patrios
Libertad Religiosa Y De Cultos
  • Elementos
  • No vulneración por exigencia de asistir a actos cívicos de izar bandera y participar en desfile
  • Límites
Libertad Religiosa
  • Ambito básico de protección
  • Coherencia entre el mundo interior y su proyección externa
  • Protección igualitaria de cultos por el Estado
Moralidad Publica
  • Alcance del concepto
Proyectos Educativos
  • Contenidos deben ser neutrales
Derecho A La Educación
  • Permanencia en el sistema educativo
Demanda De Tutela
  • Falta de atención con la integridad de los hechos
Establecimiento Educativo
  • Exigencia de asistir a actos cívicos de izar la bandera y participar en desfiles
Reglamento Educativo
  • Inasistencia a actividades cívicas
11 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia del 29 de abril de 1999, proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección "A".
  2. Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoEduardo Cifuentes Muñoz
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.