Micelio
Sentencia de Tutela25 de octubre de 2006

T-872 de 2006

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Oneida Martinez Solarte Vs. Cruz Blanca

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Objeto
  • Lapso irrisorio en que se dejó de cotizar a salud
  • Requisitos para el reconocimiento y pago
  • Derecho prestacional
  • Pago por cuanto la interrupción en los aportes a salud fue solo de 26 días
  • Protección constitucional
2 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida digna la maternidad y al minimo vital asi como la proteccion de recien nacida hija de afiliada a quien la entidad se niega a reconocerle y pagarle la licencia de maternidad aduciendo interrupcion en la cotizacion durante la gestacion.soliicta se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.la licencia de maternidad es un mecanismo para garantizar los derechos fundamentales de las mujeres y de la población recién nacida.

Requisitos legales para el acceso al reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.

El juicio de procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el reconocimiento y pago de acreencias laborales a personas de especial protección constitucional: El perjuicio irremediable y agotamiento de los medios de defensa de los derechos.la razón expuesta por cruz blanca e.p.s.

Para negar la solicitud de pago de la licencia de maternidad no está justificada en el caso concreto pues el término durante el cual se presentó la interrupción en los aportes a salud es insignificante en comparación con el tiempo durante el cual la accionante ha venido cotizando.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la decisión adoptada el nueve (9) de mayo de 2006 por el Juzgado
  2. Cuarto. (4) Civil Municipal de Bogotá en la cual denegó el amparo solicitado por la señora Oneida Martínez Solarte, dentro del trámite de la acción instaurada contra Cruz Blanca E.P.S., y en su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales a la vida digna, a la maternidad, y al mínimo vital de la demandante y a la protección a la recién nacida.
  3. Segundo. ORDENAR a Cruz Blanca E.P.S., que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a partir de la notificación de este fallo, proceda a pagar a la actora el valor de la licencia de maternidad que le corresponde.
  4. Tercero. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.