Micelio
Sentencia de Tutela2 de septiembre de 2004

T-860 de 2004

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Marco Tulio Cabrera Bolivar Vs. Penitenciaria Nacional De Valledupar

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y A La Vida En Condiciones Dignas De Interno En Centro Penitenciario Y Carcelario A Quien No Se Le Autoriza La Practica De Una Cirugia. Solicita Se Ordene A La Penitenciaria Practicar La Cirugia Ordenada. Derecho A La Salud Del Inter
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 6 de noviembre de 2002 por el Juzgado
  2. Primero. de Familia de Valledupar, por las consideraciones aquí expuestas. En su lugar CONCEDER el amparo solicitado por el señor Marco Tulio Cabrera Bolívar para proteger sus derechos a la salud y a la vida en condiciones dignas.
  3. Segundo. ORDENAR a la Penitenciaria Nacional de Valledupar para que en un término de 48 horas autorice la atención médica por especialista en dermatología del señor Marco Tulio Cabrera Bolívar a fin de que se rinda un diagnóstico preciso de la enfermedad que padece y se le ordene el tratamiento médico o quirúrgico necesario para el restablecimiento de su salud, el cual deberá practicársele en un plazo no mayor de 30 días calendario.
  4. Tercero. ORDENAR que, por la Secretaría General de la Corporación, se compulsen copias de la totalidad del expediente y se remitan a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de César, para los fines indicados en la parte motiva de esta providencia.
  5. Cuarto. ORDENAR que por Secretaria general, se libren las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.