Sentencia de Tutela2 de agosto de 2001
T-821 de 2001
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Maria Doris Rodas Alzate Vs. Comfenalco Antioquia·Demandado Sin Información
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Salud Vida Y Seguridad Social De Menor De Edad Afiliada Al Sisben. Practica De Cirugia En Mano Izquierda. Regimen Subsidiado De Salud. Falta De Recursos Economicos De Afiliados Y/O Beneficiarios Para Cubrir El Porcentaje Correspondiente. Con
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Administradora Del Regimen Subsidiado
- Repetición contra el Fosyga
Derecho A La Salud Del Niño
- Cirugía de mano
- Imposibilidad de conseguir recursos para pago de cirugía
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVÓCASE la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Venecia -Antioquia-, el seis (6) de mayo de 2001, en la acción de tutela instaurada por Maria Doris Rodas Alzate, en representación de su hija, Leydy Johana, contra Caja de Compensación Familiar Comfenalco -Antioquia. A.R.S. En su lugar, CONCÉDASE el amparo solicitado.
- Segundo. En consecuencia, ORDÉNASE a la Caja de Compensación Familiar Comfenalco -Antioquia. A.R.S. que, a más tardar, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, autorice la práctica de la cirugía a la menor, en los términos expuestos en la parte motiva de este fallo, sin anteponer intereses de carácter legal.
- Tercero. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a10
T-355/01Derechos A La Salud Dignidad Humana E Integridad Fisica De Menor De Edad. Practica De Examen No Incluido En El Pos. Enfermedad Congenita. Concedida.T-214/00Tutela Contra El Sisben. Practica De Cirugia En Las Piernas. Falta De Recursos Para Cubrir El Copago Exigido. Concedida.T-1579/00Derecho A La Vida Salud Y Dignidad Personal. Practica De Examanes No Incluidos En El Pos. Negada Parcialmente..T-1331/00Derecho A La Vida Salud Y Seguridad Social. La Accion De Tutela Y El Derecho A La Salud. El Regimen Subsidiado Y Su Desarrollo Legal. Negada.T-1083/00Derecho A La Igualdad. Derecho De Peticion. Solicitud De Reclasificacion A Un Nivel Inferior. Proteccion Especial A La Mujer Embarazada Y La Prevalencia De Los Derechos De Los Niños Por Nacer. Inclusion Regimen Subsidiado De Seguridad Social En Salud. Concedida.T-549/99Der. A La Salud. Der. A La Igualdad. Unimec E.P.S. No Realiza Tac De Craneo Por Estar Excluido Del P.O.S. Concedida.
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.