Micelio
Sentencia de Tutela12 de octubre de 1999

T-780 de 1999

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Dolores Helena Acosta Parejo

Tema · dato duro
Der. A La Educacion. Libertad De Escoger Profesion U Oficio. Igualdad De Oportunidades Educativas. Suspension De Sustitucion Pensional Por Cambio De Carrera O Profesion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educación
  • Presupuesto básico para la efectividad de otros derechos
  • Función social
  • Proyección en ámbitos de interés social
  • Atención preferencial
  • Fundamental
Sustitución Pensional
  • Fundamental
  • Finalidad
Educacion
  • Elemento esencial del desarrollo humano
Juicio De Proporcionalidad En Sustitucion Pensional Por Estudios
  • Alcance de la limitación señalada como cambio de carrera o profesión por razones distintas de salud
Derecho A La Sustitucion Pensional Por Estudios
  • Cambio de carrera o profesión por razones distintas de salud
  • Intensidad de medida limitativa que restringe principios y derechos constitucionales
  • Protección
Inaplicacion De Decreto Reglamentario
  • Incompatibilidad con principios y derechos constitucionales
Libertad De Escoger Profesion U Oficio Y Libre Desarrollo De La Personalidad
  • Relación y acción del Estado para garantizar realización
11 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juez Catorce Laboral del Circuito de Santafé de Bogotá, y en su lugar CONCEDER la tutela a Dolores Elena Acosta Parejo para la protección de sus derechos fundamentales a la educación, libertad de escoger profesión u oficio, libre desarrollo de la personalidad e igualdad de oportunidades educativas.
  4. Segundo. INAPLICAR, con base en el artículo 4o. de la Carta Política, la parte del artículo 16 del Decreto 1160 de 1989 que establece que "El cambio de carrera o profesión por razones distintas de salud, hará perder el derecho a la sustitución pensional".
  5. Tercero. ORDENAR a la jefatura de la División de Prestaciones Económicas del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, que proceda a reanudar a la actora el pago de las mesadas pensionales que venía devengando en virtud de la sustitución pensional reconocida.
  6. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.