Micelio
Sentencia de Tutela13 de agosto de 2008

T-779 de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jose Vicente Rojas Angarita·Demandado Caja Nacional De Prevision Social-Cajanal-

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • La efectividad del medio alternativo de defensa debe ser examinada en concreto
  • Caso en que el no agotamiento de la vía gubernativa puede considerarse una omisión justificada
  • Procedencia excepcional para reconocimiento o reliquidación de pensiones
Accion De Tutela Para Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos y condiciones necesarias para su procedencia
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al minimo vital, personas de la tercera edad.

Indexacion de la primera mesada pensional el demandante se desempeñó como servidor publico hasta 1977, en 1992 cuando cumplio la edad, se le reconocio la pension en 2001 y liquidada con base en el salario minimo vigente para 1977.

En la actualidad devenga un salario minimo.

En 2007 presento a cajanal reliquidacion de su pension, que le fue negada y no interpuso recursos, interpone tutela para que el juez constitucional ordene la reliquidacion pensional.

En el caso presente, no se cumplen los requisitos para lograr la indexacion, pue si bien va acumplir 71 años, y afirma no ser propietario de vivienda, no precisa cuales son sus obligaciones familiares, ni adjunta ninguna prueba, no interpuso los recursos de ley por lo cual con su inactividad evidenció que no existe una real amenaza, ni un perjuicio irremediable.

Negada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR la Sentencia proferida el tres (3) de marzo de dos mil ocho (2008), por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.