T-755 de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Liliana Rocio Medina Sierra·Demandado Colsubsidio E.P.S. Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ordenar a EPS que suministre una respuesta de fondo, clara y precisa sobre solicitud presentada por accionante
- Subsidiariedad
- Inmediatez
- Reiteración de jurisprudencia
- Principios rectores como eficacia, universalidad, integralidad, continuidad y solidaridad
- Criterios constitucionales para acceder a servicios no POS
- Accesibilidad económica, disponibilidad, aceptabilidad y calidad
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En el presente asunto se alega vulneración de derechos fundamentales por parte de la entidad accionada, en cuanto ha omitido dar respuesta a la petición de suministrar a la accionante una silla de ruedas con motor eléctrico para adulto, con espaldar alto y descansa brazos, prescrita por el médico tratante.
Con la acción de tutela se solicita además que se autorice el tratamiento integral para el manejo de la parálisis cerebral que padece la actora, toda vez que se ha visto obligada a pagar un alto porcentaje por cuota de recuperación de los insumos, procedimientos y hospitalizaciones que le realizan en razón de su diagnóstico, sin que ella posea los ingresos económicos suficientes para asumir el costo de los copagos.
Se reitera jurisprudencia constitucional relacionada con el derecho de petición, el derecho fundamental a la salud, especialmente en lo referido a las personas con discapacidad y, el suministro de servicios excluidos del POS.
A pesar de que la Sala decide abstenerse de amparar los derechos a la salud, integridad física, vida digna y petición de la demandante, ordena a COLSUBSIDIO E.P.S. suministrar una respuesta de fondo, clara y precisa respecto a la solicitud relacionada con el suministro de la silla de ruedas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- Primero. Abstenerse de amparar los derechos a la salud, integridad física, vida digna y petición de la señora Liliana Rocío Medina Sierra contra Colsubsidio EPS y otras, y en consecuencia, CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Bogotá del dos (2) de marzo de 2012 que revocó parcialmente el fallo del Juzgado Veintiuno Penal Municipal de Bogotá del veintidós (22) de enero de 2012.
- Segundo. ORDENAR a Colsubsidio EPS que suministre una respuesta de fondo, clara y precisa sobre la solicitud presentada por la señora Liliana Rocío Medina Sierra, el 1 de diciembre de 2011.
- Líbrese por Secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
- MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
- Magistrado
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
- Magistrado
- GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
- Magistrado
- Ausente en comisión
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.