Sentencia de Tutela6 de agosto de 2004
T-739 de 2004
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Alda Genith Campo Redondo Y Otras Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Vida En Condiciones Dignas Y La Salud De Personas Con Insuficiencia Renal Que Para Su Tratamiento Deben Trasladarse A Otra Ciudad. Solicitan Se Autorice El Suministro De La Hemodiálisis En La Unidad Renal De La Ciudad De Residencia. Necesidad
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Carga De La Prueba En Materia De Tutela
- Corresponde a quien instaure la acción
Derecho A La Salud
- Falta de recursos para asumir costos de transporte no fue acreditada
- Decisión de reubicar a los pacientes de Unidad renal fue acertada
Principio De Accesibilidad Al Servicio De Salud
- Necesidad de ponderación
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- Primero. CONFIRMAR, exclusivamente por las razones expuestas en esta sentencia, las siguientes decisiones judiciales:
- 1.1. Sentencia del Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Riohacha, proferida el 3 de diciembre de 2003 (Expediente T-876.738), que negó la tutela de los derechos invocados por Alda Genith Campo Redondo a favor de su progenitora Sara Gertrudis Redondo de Campo.
- 1.2. Sentencia del Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Riohacha, proferida el 1º de octubre de 2003 (Expediente T-877.600), que negó la tutela de los derechos invocados por Gendris Yair Mieles Mindiola.
- 1.3. Sentencia del Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Riohacha, proferida el 27 de noviembre de 2003 (Expediente T-877.602), que negó la protección de los derechos fundamentales invocados por Isabel Aurora Freyle Epieyú, a favor de su señora madre María Dominga Epieyú Pieyu.
- 1.4. Sentencias del Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Riohacha, proferida el 27 de noviembre de 2003 y de la Sala Penal del Tribunal Superior de Riohacha, emitida el 22 de enero de 2004 (Expediente T-878.859), las cuales negaron en primera y segunda instancia la protección de los derechos fundamentales invocados por Yolanda Almendrales Atencio a favor de su progenitora Noris Atencio Bolaños.
- Segundo. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-197/03Derechos A La Vida Integridad Fisica Y Salud De Hijo Mayor De Edad Discapacitado. Transporte Paciente Con Epilepsia Y Su Acompañante No Incluido En El Pos Para Valoracion Medica. Regimen Contributivo. Agencia Oficiosa. Accion De Repeticion. Concedida.T-900/02Derechos A La Salud Vida Seguridad Social E Igualdad. Obligacion De Asumir Costos Por Desplazamiento De Pacientes De Su Residencia A Centros Medicos Correspondientes. Complementacion Servicios Del Pos. Regimen Subsidiado. Negada.T-595/02Derecho A La Libertad De Locomocion E Igualdad De Discapacitados Fisicos. Accesibilidad Al Servicio De Transporte Publico. Exigibilidad. Prestaciones Programaticas. Participacion Ciudadana. Concedida.T-835/00Derecho A La Igualdad Y Trabajo. Discriminacion Salarial Y Pago De Acreencias Laborales. Carga De La Prueba. Ausencia De Prueba En La Solicitud. Negada.T-298/93Servicio Militar Obligatorio. Exclusion De Prestar El Servicio Por Enfermedad. Negada.
Citada por69
T-275/20Derecho De Acceso Al Sistema De Salud De Niños Y Niñas Recien Nacidos De Padres Migrantes En Situacion IrregularT-266/20Principio De Accesibilidad Al Servicio De Salud Y Cubrimiento De Gastos De Transporte Para Paciente Y AcompañanteSU.074/20Derecho A La Financiación Excepcional Y Parcial De Tratamientos De Reproducción Humana Asistida De Alta Complejidad (Fertilización In Vitro) Con Cargo A Recursos Públicos, Debe Cumplir Con Los Requisitos Previstos Por La Ley 1953 De 2019T-409/19Servicio De Transporte Como Medio De Acceso Al Servicio De Salud.C-294/19Donación De Componentes Anatómicos. No Pueden Ser Donados Ni Utilizados Órganos O Tejidos De Los Niños No Nacidos Abortados.T-417/17Derecho A La Salud En El Marco De Relaciones Contractuales Con La Admnistracion De Riesgos Laborales.
Ver las 69 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.