Micelio
Sentencia de Tutela7 de octubre de 2009

T-717 de 2009

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Doris Fabiola Gil Perez·Demandado Salud Total Eps

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Diagnostico
  • Aspectos que contiene
  • Integra el núcleo esencial del derecho a la salud y garantiza la efectiva prestación del servicio
Derecho A La Salud Del Menor
  • Protección constitucional especial
  • Debe ser prestado de manera prioritaria y no puede ser obstaculizado por ningún motivo
  • Obligación de la EPS de remitir a la menor al médico especialista para obtener un diagnóstico exacto sobre sus padecimientos
Derecho A La Salud
  • Doble connotación
  • Prescripciones dadas por médicos particulares pueden obligar a entidades de salud
Acción De Tutela
  • Casos en que procede para proteger derecho a la salud
4 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida digna, salud.

La accionante actuando en representación de su hija menor, solicita se ordene a la EPS accionada que autorice las citas con ortopedia y ginecología requeridas por la menor las cuales fueron ordenadas por médicos no adscritos a la EPS, ante los cuales tuvo que acudir debido a que en urgencias de la EPS accionada no la atendieron de manera diligente.

La Sala hace reiteración de jurisprudencia respecto a, el derecho fundamental a la salud, las prescripciones dadas por médicos particulares pueden obligar a entidades de salud, derecho al diagnóstico, protección especial al derecho a la salud de los niños, en este caso se encuentra que los derechos de la menor han sido vulnerados por lo tanto se ordena a la EPS que autorice la remisión a los especialistas requeridos, para obtener un diagnóstico exacto sobre sus padecimientos.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Penal del Circuito para Adolescentes, el veinte (20) de abril de dos mil nueve (2009) y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, a la seguridad social y a la dignidad humana de la menor Stefania Gagliardi Gil, por las razones expuestas en la presente providencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a Salud Total EPS que, dentro de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, autorice la remision de la menor, Stefania Gagliardi Gil, al especialista en ortopedia para obtener un diagnostico exacto sobre sus padecimientos, teniendo en cuenta los examenes realizados por los medicos del Hospital Infantil y, con la practica de los que hagan falta. Una vez obtenido este, se proceda a practicar el tratamiento que determine el medico tratante, hasta que su salud se encuentre restablecida o alcance el mayor nivel de bienestar posible.
  3. CUARTO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.