Micelio
Sentencia de Tutela19 de noviembre de 2015

T-713 de 2015

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Yenny Del Socorro Angulo Angulo·Demandado Tribunal Superior De Cali Y Otros

Tema · dato duro
Pension De Sobrevivientes. Aplicacion Del Principio De La Condicion Mas Beneficiosa.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Debido Proceso, Seguridad Social Y Minimo Vital
  • Orden a Colpensiones reconocer pensión de sobrevivientes
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por incumplir requisitos de inmediatez y subsidiariedad
  • Procedencia por configuración de defecto sustantivo al desconocer el artículo 53 relativo al principio de favorabilidad, negando pensión de sobrevivientes
  • Procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Materia Pensional
  • Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
Pension De Sobrevivientes
  • Evolución normativa en relación con los requisitos para su obtención
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atacan las decisiones judiciales que en el trámite de un proceso laboral ordinario negaron a la actora el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes reclamada, en razón a que el causante no acreditó los requisitos establecidos en la Ley 797 de 2003.

Se alega un defecto sustantivo en tanto se desconoció el precedente de la Corte Constitucional respecto de la aplicación del principio de la condición más beneficiosa.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

La procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales.

Reiteración de jurisprudencia. 2º.

La evolución normativa de los requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes y, 3º.

La aplicación de la condición más beneficiosa en la pensión de sobrevivientes.

Se CONCEDE el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, a la seguridad social y al mínimo vital.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo del trece (13) de mayo de dos mil quince (2015), dictado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez confirmó el proferido el dieciocho (18 ) de febrero de 2015, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dentro del proceso de tutela presentado por Yenny del Socorro Angulo Angulo contra el Juzgado
  2. Séptimo. Laboral del Circuito de Cali y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos al debido proceso, seguridad social y mínimo vital deprecados por la accionante.
  3. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTO las sentencias del Juzgado
  4. Séptimo. Laboral del Circuito de Cali, dictada el 21 de marzo de 2013, y por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, el 12 de junio de 2013, dentro del proceso ordinario laboral iniciado por Yenny del Socorro Angulo Angulo contra la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-. EN SU LUGAR, ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones- que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, reconozca la pensión de sobrevivientes a la señora Yenny del Socorro Angulo Angulo a partir del 30 de febrero de 2015, fecha de la presentación de la acción de tutela y la incluya en la nómina de pensionados.
  5. TERCERO. Por Secretaría General líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.