Micelio
Sentencia de Tutela16 de octubre de 2013

T-711 de 2013

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Guillermo Augusto Rodriguez Gonzalez·Demandado Juzgado 5 Penal Del Circuito De Santa Marta Y Tribunal Superior Sala Penal De Santa Marta

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial como es la acción de revisión en proceso penal
  • No se debió declarar la improcedencia, por cuanto la acción de revisión en proceso penal no es el medio de defensa judicial
  • Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Accion De Revision
  • Procedencia contra sentencias condenatorias
Debido Proceso Penal
  • Vinculación y comparecencia personal del sindicado como regla general
Vinculacion De Persona Ausente Al Proceso Penal
  • Defecto procedimental por indebida notificación
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicita se declare la nulidad de la declaratoria como persona ausente en proceso penal al incurrir en defecto procedimental por indebida notificación durante etapa de investigación y juzgamiento al no haber sido vinculado personalmente y, fallas en la defensa técnica brindada por defensor de oficio.

Temas a tratar: Procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales, Principio de subsidiariedad e idoneidad, Decisiones emitidas en ejercicio del control concreto de constitucionalidad sobre improcedencia de la acción de tutela.

Improcedencia ante la posibilidad de acudir al juez natural mediante acción de revisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR la decision proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, en la que confirmo el fallo de la Sala de Casacion Penal de esa misma Corporacion, en la accion de tutela incoada por Guillermo Augusto Rodriguez Gonzalez, por las razones de que da cuenta el presente proveido.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  3. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJorge Iván Palacio Palacio
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.