T-699 de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Victor Alfonso Arias Mejia·Demandado Procuradria General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No procede al no haber operado la caducidad del dato negativo en la base de datos de la Procuraduría
- Autoridad pública
- Antecedentes jurisprudenciales
- No vulneración por cuanto el registro de las inhabilidades disciplinarias en la base de datos y su consecuente inclusión en el certificado de antecedentes que expide la Procuraduría General de la Nación, se hizo en cumplimiento de u
- Alcance y contenido
- Requisitos de procedibilidad
- Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La vulneración de derechos fundamentales por parte de la Procuraduría General de la Nación se presenta, por la anotación que hiciera en el certificado de antecedentes disciplinarios del actor, relativa a la inhabilidad para contratar con el Estado, a pesar de que el respectivo juzgado de ejecución de penas y medidas le había comunicado al Ministerio Público, sobre la extinción de la condena penal que se le había impuesto.
Se reitera jurisprudencia relativa al contenido y alcance del derecho fundamental al habeas data; al igual que sobre el derecho al olvido o principio de caducidad del dato negativo.
Así mismo, se precisa el marco normativo de la inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas y la inhabilidad para contratar con el Estado.
Considera la Sala que no se vulneraron los derechos alegados, en tanto el registro de las inhabilidades disciplinarias en la base de datos y su consecuente inclusión en el certificado de antecedentes que expide la Procuraduría General de la Nación, se hizo en cumplimiento de un deber legal y del acatamiento del límite temporal que la ley impone para cada una de las inhabilidades aplicadas al actor.
SE DENIEGA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR la sentencia del Consejo Seccional de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria- de Antioquia, del 3 de marzo de 2014 que declaro improcedente la accion de tutela, en su lugar, NEGAR la tutela de los derechos fundamentales al habeas data y al trabajo del senor Victor Alfonso Arias Mejia.
- Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.